Subvenciones a asociaciones de personas inmigrantes que desarrollen actuaciones en el area de inmigracion, para el año 2010.

Código de ayuda:

S30000/10

Norma:

ORDEN FORAL 85/2008, de 23 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

- Desarrollar actividades dirigidas a favorecer la participación e integración de la población inmigrante.

- Formación y sensibilización de las asociaciones y de colectivos de personas inmigrantes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención asignada será del 100% de la cuantía aceptada. En ningún caso una asociación podrá recibir una cantidad superior a 4.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones y sus federaciones, cuyas personas asociadas sean en su mayor parte inmigrantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

–Refuerzo del movimiento asociativo de personas inmigrantes.

–Participación e integración en la sociedad de acogida, y convivencia intercultural.

–Mejora de la capacitación orientada a las personas que se planteen el retorno voluntario.

–Codesarrollo: Diseño y elaboración de proyectos.

Requisitos:

Son objeto de esta convocatoria las actividades realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Navarra.

b) Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.

c) Tener su domicilio social y desarrollar sus actividades dentro del ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 55
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento