Subvenciones a asociaciones de vecinos y comisiones de fiestas oficialmente constituidas, alobjeto de organizar y realizar anualmente las fiestas patronales o festejos populares más representativos en distintos barrios y núcleos urbanos de las diputaciones del municipio de Cartagena, por el procedimiento de pública concurrencia competitiva.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S13119/13

Norma:

Cartagena, 28 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de pública concurrencia competitiva a Asociaciones de Vecinos y Comisiones de Fiestas sin ánimo de lucro y oficialmente constituidas para la
finalidad que se persigue.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Ayuntamiento de Cartagena (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Vecinos y Comisiones de Fiestas legalmente constituidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Organizar y realizar anualmente las fiestas patronales o festejos populares más representativos en distintos barrios y núcleos urbanos de las diputaciones del municipio de Cartagena.

Requisitos:

a.- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones al menos desde el año 2.012 y renovar dicha inscripción en el año 2.013, con la finalidad de desarrollar actuaciones de la misma índole que las recogidas en el objeto de la convocatoria.

b.- Carecer de fin de lucro y gozar de personalidad jurídica y capacidad de obrar.

c.- Tener sede en el lugar de aplicación del Proyecto.

d.- Haber justificado técnica y económicamente, las subvenciones obtenidas en ejercicios anteriores, lo cual acreditará mediante documento municipal o, en su defecto, declaración responsable, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como ANEXO IV.

e.- Los previstos en el artículo 49 de las Bases Reguladoras de la concesión de Subvenciones.

Se tendrá que aportar por los beneficiarios certificaciones positivas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidas por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, salvo cuando el beneficiario no esté obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones anteriores, lo que acreditará mediante declaración responsable según el modelo que se acompaña a esta convocatoria como Anexo V.

Dichos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso de concesión y hasta el 15 de Diciembre de 2013, plazo en que finaliza la justificación de las subvenciones de referencia.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento