Subvenciones a asociaciones empresariales en regimen de concurrencia competitiva destinadas al desarrollo de la sociedad de la informacion y tramitacion electronica - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S41864/10Norma:
Resolución de 3 de junio de 2010. Resolución de 5 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/08/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover en las asociaciones empresariales asturianas la puesta en marcha de mecanismos que permitan que éstas, se relacionen con las empresas asociadas a través de canales electrónicos y, al mismo tiempo, provoquen su incorporación al negocio electrónico, mediante actuaciones de sensibilización, información, asesoramiento e implantación de servicios electrónicos y aplicaciones sectoriales.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la subvención para cada beneficiario será el noventa por ciento del coste del proyecto. A estos efectos el coste máximo del proyecto será de 400.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las sociaciones empresariales legalmente constituidas, dadas de alta en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno o en el Depósito de Estatutos en la Unidad de Mediación Arbitraje y Conciliación dependiente de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo de la Consejería de Industria y Empleo y que desarrollen su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención los proyectos presentados por las asociaciones empresariales, que incluyan los siguientes elementos:a) Desarrollo de servicios electrónicos dirigidos a las empresas asociadas y/o dirigidos a comercializar y/o visibilizar los productos y servicios ofrecidos por las empresas asociadas.
b) Implantación y prestación de servicios entre las empresas asociadas; transacciones electrónicas seguras; utilización de la factura electrónica.
c) Fomento de la utilización de aplicaciones sectoriales específicas.
d) Desarrollo de cauces electrónicos de colaboración e interrelación con las administraciones públicas, especialmente con la Administración del Principado de Asturias.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los realizados en el período indicado en la convocatoria por los siguientes conceptos:
a) Inversión en aparatos y equipos dedicados al proyecto o actuación.
b) Subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación.
c) Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto o actuación.
d) Gastos de promoción y difusión de la actuación.
e) Gastos de personal contratado dedicado directamente al proyecto o actuación.
f) Otros gastos directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.
Documentos asociados
Boletín:
30/06/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
28/07/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 174
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 174
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento