Subvenciones a asociaciones juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud para el año 2015.
Código de ayuda:
S14700/15Norma:
ORDEN FORAL 179/2015, de 5 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de abril de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a las asociaciones juveniles de Navarra en la ejecución de proyectos que incidan en la mejora de la participación activa de los jóvenes navarros en la vida social.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El porcentaje de la subvención para las asociaciones de tipo A será del 66,66% del presupuesto presentado, con el límite máximo de 8.000,00 euros de subvención por cada proyecto.El porcentaje de la subvención para las asociaciones de tipo B y C será del 66,66% del presupuesto presentado, con el límite máximo de 4.000,00 euros de subvención por cada proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra, regulado por Orden Foral 73/2002, de 18 de septiembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que seactualizan las normas de elaboración del Censo de Entidades de Juventud de Navarra, estableciéndose los siguientes tipos:
Tipo A) Las Asociaciones Juveniles constituidas conforme a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y de acuerdo asimismo con el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, cuyos objetivos reflejados en los Estatutos sean los anteriormente citados.
Tipo B) Las Secciones Juveniles de las Asociaciones constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, que en sus estatutos tengan reconocida una Sección
Juvenil con órganos de participación propios y desarrolle Programas de Juventud.
Tipo C) Entidades sin ánimo de lucro, prestadoras de servicios a la juventud. En este apartado podrán incluirse, si desde la Subdirección de Juventud se estima procedente, aquellas asociaciones que se determinen como de jóvenes, y cumplan los objetivos que motivan la elaboración del presente Censo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) El proyecto debe ir destinado a jóvenes de edades comprendidos entre los catorce y los treinta años, en cumplimiento del artículo 2 de la Ley Foral 11/2011, de 1 de abril, de Juventud.B) Los proyectos subvencionables estarán constituidos por un conjunto de actividades determinadas que guarden un sentido unitario y se dirijan a satisfacer los objetivos perseguidos, conforme a un plan
estructurado.
C) Se subvencionarán los proyectos a desarrollar por las asociaciones juveniles. Estos proyectos se centrarán en temáticas que favorezcan el desarrollo vital de las personas jóvenes y/o fomenten la participación activa del joven en la sociedad.
En relación con los proyectos señalados anteriormente, se subvencionarán acciones tales como:
a) Actuaciones que posibiliten el acceso de la juventud a la formación y al empleo.
b) Actuaciones de Educación para la salud.
c) Actuaciones de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia, el sexismo, la homofobia y la intolerancia.
d) Actuaciones que promuevan la igualdad de oportunidades y la participación solidaria de la Juventud a través del voluntariado, la educación y la cooperación al desarrollo.
e) Actuaciones que promuevan el ocio y tiempo libre saludable entre los jóvenes.
f) Acciones que promuevan actuaciones del movimiento asociativo juvenil en la conservación del medio ambiente y en la utilización de una nueva cultura del ocio.
g) Actuaciones que conlleven la promoción artístico-cultural de jóvenes.
D. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones y guías y los que tengan por objeto la realización de obras o la adquisición
de material inventariable para la realización de las actividades previstas.
Requisitos:
El plazo de ejecución de estos proyectos será el comprendido entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015.Documentos asociados
Boletín:
30/03/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 61
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 61
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento