Subvenciones a asociaciones sin animo de lucro para el desarrollo de proyectos artisticos y culturales Microculturas.
Código de ayuda:
S58855/08Norma:
Orden de 8 de julio de 2008. Orden de 12 de diciembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/09/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos artísticos y culturales “microculturas”.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención a aportar por la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes a cada proyecto, no podrá exceder de 10.000,00.- euros, siendo necesario que el peticionario aporte al menos el 25% de los costes del proyecto para el que solicita subvención.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro con domicilio social en la Región de Murcia que desarrollen o pretendan desarrollar, dentro del presente año, proyectos artísticos y culturales “microculturas” incluidos en el objeto de esta convocatoria.Requisitos:
Para ser beneficiario de las subvenciones deben cumplirse los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.
b) Tener como fi nes, recogidos en sus Estatutos, la realización de actividades culturales.
c) No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.
e) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
f) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.
Dichos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso de concesión y ejecución de las subvenciones de referencia.
Documentos asociados
Boletín:
01/09/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
23/12/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 296
Documento: Modificación Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 296
Documento: Modificación Descargar Documento