Subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza, así como de educación y voluntariado ambiental. Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S51219/22

Norma:

Decreto 89/2022, de 7 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por parte de la Consejería con competencias en la conservación de la naturaleza y medio ambiente, para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza, así como de educación y voluntariado ambiental.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Fundaciones y asociaciones privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente y que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: Subvenciones para la ejecución de proyectos de conservación de la naturaleza que estén relacionados con los principios inspiradores de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura y del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura.


Línea 2: Subvenciones para la ejecución de proyectos de educación y voluntariado ambiental destinados a implicar a la sociedad en los principales problemas medioambientales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos:

a) No hallarse incursos en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiaria a tenor de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica de Extremadura.

c) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Junta de Extremadura o en el registro nacional correspondiente al menos con 1 año de antigüedad con respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran. Aquellas entidades no inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Junta de Extremadura, pero sí en el registro nacional correspondiente, deberán haber realizado actividades en la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de conservación, en el caso de solicitud de la línea 1, o en materia de educación
o voluntariado ambiental, en el caso de solicitud de la línea 2, en el periodo de un año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

d) Para optar a la Línea 1 de subvenciones del presente decreto, la entidad deberá incluir dentro de sus fines estatutarios la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza.

e) Para optar a la Línea 2 de subvenciones del presente decreto, la entidad deberá incluir dentro de sus fines estatutarios la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza, uso sostenible de los recursos naturales, educación o voluntariado ambiental.

f) Las actuaciones solicitadas por las entidades para cada línea de ayuda deberán tener un importe mínimo subvencionable de 5.000,00 €.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 160
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 19/08/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 160
Documento: Convocatoria 2022: Línea 1 Descargar Documento
Boletín: 19/08/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 160
Documento: Convocatoria 2022: Línea 2 Descargar Documento