Subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes en materia de atención a la infancia y la adolescencia para el año 2005.
Código de ayuda:
S34837/05Norma:
ORDEN BEF/270/2005, de 10 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/07/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La coordinación, la colaboración y la cooperación con los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para el ejercicio 2005, en la prestación de servicios sociales de atención a la infancia y la adolescencia.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Juventud
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/9.png)
Convoca:
Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes pueden presentar solicitudes de subvenciones del Departamento de Bienestar y Familia para el mantenimiento del Programa de servicios sociales de centros abiertos y otros programas diurnos de servicios sociales de atención a la infancia y la adolescencia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones subvencionables se agrupan en los siguientes programas:1. Programa de servicios sociales de centros abiertos.
2. Otros programas diurnos:
a) Programa de servicios dirigidos a jóvenes mayores de 16 años con riesgo y/o dificultad social.
b) Programas de intervención y prevención de maltratos.
c) Programas que incorporen nuevas metodologías de intervención dirigidas a niños y jóvenes.
d) Otros programas diurnos.
Requisitos:
a) Los ayuntamientos, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 284/1996, de 23 de julio, de regulación del sistema catalán de servicios sociales, modificado por el Decreto 176/2000, de 15 de mayo, y el Decreto 27/2003, de 21 de enero, de la atención social primaria, en su caso, han de tener inscritos en el Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales los servicios para los que se pide la subvención, o haberlo solicitado.b) Seguir las pautas del IV Plan de actuación social 2003-2006.
Será condición que estas actividades sean llevadas a cabo en el transcurso del año 2005.
Documentos asociados
Boletín:
17/06/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4408
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4408
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento