Subvenciones a ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos, para el desarrollo de segundos cursos de programas de Iniciación Profesional, durante el curso 2008-2009.

Código de ayuda:

S26337/05

Norma:

RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2008. RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2007. ORDEN de 18 de mayo de 2005. RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2006. RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones a ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos para el desarrollo de segundo cursos de programas de Iniciación Profesional, durante el curso 2008-2009, en los términos y condiciones establecidos en la Orden de 18 de mayo de 2005, de la Consejera de Educación,
Universidades e Investigación, reguladora del programa de ayudas, y de la Orden de 6 de junio de 2005 que modifica dicha Orden.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) La subvención que se conceda podrá alcanzar hasta el cien por cien (100%) del presupuesto aprobado
para el proyecto presentado por grupo de alumnos y alumnas, sin superar la cantidad de cincuenta y dos mil novecientos quince con veinte (52.915,20) euros.

b) La cuantía anteriormente establecida podrá, en supuestos extraordinarios en los que se justifique suficientemente, a juicio de la comisión seleccionadora, la concurrencia de especiales circunstancias, y lo permita la dotación económica asignada a la financiación de la convocatoria, aumentarse hasta cincuenta y cinco mil quinientas sesenta con noventa y seis (55.560,96) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1.– Los ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos de la CAPV.

2.– Las entidades privadas sin ánimo de lucro, domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen acciones formativas dirigidas a este colectivo de jóvenes, que deseen colaborar en el desarrollo de programas de Iniciación Profesional.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 112
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/05/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 93
Documento: Convocatoria curso 2006-2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/05/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 101
Documento: Corrección de Anexos I y II de Convocatoria 2006-07 Descargar Documento
Boletín: 29/09/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 187 ZK
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/05/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 97
Documento: Convocatoria curso 2007/2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/07/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 136
Documento: Convocatoria curso 2008/2009 y Anexos Descargar Documento