Subvenciones a clubes deportivos de la Region de Murcia para la realizacion y organizacion de eventos deportivos y participacion en actividades deportivas durante el año 2009.
Código de ayuda:
S45364/09Norma:
Orden de 27 de mayo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones destinadas a los Clubes Deportivos de la Región de Murcia, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la realización y organización de eventos deportivos así como la participación en actividades deportivas que contribuyan a fomentar y potenciar la práctica deportiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2009.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Cultura y Turismo (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las subvenciones se financiará con cargo a la partida presupuestaria 19.07.00.457A.48460, código de proyecto 34045 “Convocatoria clubes deportivos. Participación y organización actividades deportivas”, por una cuantía total máxima de 875.000 euros, de los Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2009, sin que ningún beneficiario pueda superar la cuantía de 60.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los Clubes Deportivos de la Región de Murcia.Requisitos:
a) Estar inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.b) Tener por objeto la práctica, por parte de sus asociados, de alguna de las modalidades deportivas recogidas en el Anexo II de la presente Orden.
c) Cumplir con los criterios de valoración establecidos en el Anexo II de esta Orden.
d) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, en los términos recogidos en el artículo 18.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, en los términos recogidos en el artículo 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) No estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de la declaración responsable que aparece recogida en el Anexo VI de la presente Orden.
Documentos asociados
Boletín:
10/06/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 131
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 131
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento