Subvenciones a conceder a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura por la creación de empleo mediante la contratación de personas paradas de larga duración en Extremadura.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S24891/14

Norma:

DECRETO 90/2014, de 27 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas por la creación de empleo mediante la contratación de personas desempleadas de larga duración para la ejecución de actuaciones de interés general y/o social de competencia municipal, tales como infraestructuras y servicios municipales, mantenimiento y recuperación del entorno urbano, mantenimiento de equipamientos educativos y escolares, empleos verdes, tales como desarrollo de la actividad ecológica de un modo natural, promoción o educación ecológica o medioambiental, salvaguarda del entorno y los recursos naturales, ecoturismo, así como actividades que afecten a la gestión de residuos, gestión de aguas, protección y mantenimiento de zonas naturales y control de la energía, etc., todo ello como medida de integración laboral y auxilio a personas en riesgo de exclusión social así como efectuar la primera convocatoria de estas ayudas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención por cada puesto de trabajo creado a jornada completa (con
independencia de que, por eventuales bajas y/o sustituciones, sea ocupado por más de un trabajador) dependerá del grupo de cotización en el que se incluya el trabajador, con el siguiente detalle:

GRUPOS DE COTIZACIÓN SUBVENCIÓN

1 10.800

2 9.900

3 9.000

4 y 5 8.100

6, 7 y 8 7.400

9, 10 y 11 6.800

La cuantía de la subvención se reducirá en proporción al porcentaje de jornada laboral cuando los contratos no se celebren a jornada completa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación de las personas desempleadas para la ejecución de las actuaciones de interés general y/o social, en concepto de ayuda directa por la creación de empleo.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A efectos de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 105
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento