Subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de locales en el casco antiguo de Cuenca.

Código de ayuda:

S44346/18

Norma:

Resolución de 19 de julio de 2018. Resolución de 16 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta que se agote el crédito destinado a la convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones a tramitar, en régimen de concurrencia competitiva, tienen por objeto la rehabilitación de locales, en el casco antiguo de la ciudad de Cuenca.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Hacienda ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas consistirán en la subvención de las actuaciones, el asesoramiento técnico y, en su caso, la redacción de la documentación técnica de obra menor necesaria para la rehabilitación de:

a) Local individual. La cuantía máxima para aportar por cada actuación será del 50 por ciento del presupuesto protegido (PP), con un máximo a aportar por cada actuación de 10.000 euros por local.

No se establece cuantía mínima del presupuesto protegido.

b) Elementos comunes del edificio donde se sitúe el local. Esta actuación deberá ser promovida por la comunidad de propietarios del inmueble y acogida a la convocatoria vigente de Subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco antiguo de Cuenca.

La cuantía máxima a aportar por cada actuación será del 75 por ciento del presupuesto protegido (PP), en función de su cuota de participación con respecto a los elementos comunes del edificio que corresponda al local, con un máximo a aportar en cada actuación de 6.000 euros por local con derecho a subvención.

No se establece cuantía mínima del presupuesto protegido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios, y por tanto solicitar las ayudas a la rehabilitación de locales los promotores de obras que tengan la condición de propietarios legales o titulares de algún derecho de uso sobre los locales, y sus inquilinos cuando puedan realizar las obras, conforme a la legislación aplicable, siempre que dicho local se encuentre abierto al público en el momento de la solicitud y se comprometan a mantenerlo abierto durante un período mínimo de doce meses a contar desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La rehabilitación de locales individuales.

b) La rehabilitación de los elementos comunes del edificio al que pertenece el local.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 201
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 04/12/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 292
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
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