Subvenciones a empresas para el fomento de la certificación de materiales y productos reciclados.

Código de ayuda:

S23319/24

Norma:

Resolución de 21 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a empresas para el fomento de la certificación de materiales y productos reciclados previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026, aprobado por Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico (BOPA núm. 35 de 19-II-2024).

Esta línea de ayudas tiene por finalidad apoyar a las empresas radicadas en el Principado de Asturias en el cambio del modelo productivo hacia una economía circular, al tiempo que mejorar su competitividad en el marco de la misma, así como impulsar el mercado de productos circulares incentivando el uso de materias primas circulares en la fabricación y comercialización de productos en la Comunidad Autónoma.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Transición ecológica, industria y desarrollo económico (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención que se conceda por cada certificación no podrá superar el 90 % de los gastos subvencionables, IVA excluido, ni la cuantía máxima que se indique en la correspondiente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convoquen al amparo de las presentes bases las personas físicas y jurídicas de derecho privado, con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que ejerzan una actividad económica y cuya actividad principal se encuadre en alguno de los sectores de actividad recogidos en el anexo II de la resolución por la que se aprueben las presentes bases reguladoras.

b) Que su domicilio social o alguno de sus centros de producción radique en el territorio del Principado de Asturias.

c) Que sean fabricantes de un bien en el que se incorporen materiales o productos con contenido reciclado o materias primas secundarias (materiales distintos de las materias primas y que proceden de un proceso de transformación primaria o son el resultado de un proceso de producción, utilización o consumo, de forma tal que es posible su uso directo en un proceso de producción; por ejemplo: residuos, subproductos, materiales procedentes de preparación para la reutilización, residuos para los que se dispone de una autorización de fin de condición de residuo). No se considerará a efectos de estas ayudas como fabricación el envasado de un producto fabricado por un tercero.

d) Que hayan materializado las actividades objeto de ayuda en el plazo que se establezca en la correspondiente convocatoria.

e) Que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Quedan excluidas las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será actividad subvencionable la certificación del contenido reciclado en productos; siendo gastos subvencionables los que se realicen en el plazo fijado en la convocatoria, consistentes en:

a) Gastos de consultoría externa necesarios para determinar el contenido en material reciclado siempre y cuando vayan acompañados de la obtención de un certificado de producto con contenido reciclado.
A estos efectos se entenderá por “contenido en material reciclado”, además del material reciclado propiamente dicho, las materias primas secundarias (residuos valorizados, materiales procedentes de preparación para la reutilización, subproductos,…).

b) Gastos de certificación del contenido reciclado en productos realizada por empresa certificadora autorizada siguiendo alguno de los esquemas siguientes:

I. Certificaciones con ecoetiquetas tipo I: declaraciones ambientales de producto que incluyen enfoque de
análisis de su ciclo de vida conforme a la Norma Internacional UNE-EN ISO 14024.

II. Certificaciones con ecoetiquetas tipo III: declaraciones ambientales que incluyen datos cuantitativos sobre contenido reciclado de un producto conforme a la Norma Internacional UNE-EN ISO 14025 y un estándar
para contenido reciclado.

III. Certificaciones conforme a la Norma Internacional UNE-EN 15343:2008 Plásticos. Plásticos reciclados. Trazabilidad y evaluación de conformidad del reciclado de plásticos y contenido en reciclado.

IV. Certificaciones en contenido reciclado conforme otras Normas UNE.

V. Certificaciones conforme a los estándares internacionales FSC y PEFC en el ámbito de los productos
forestales.

VI. Certificaciones conforme a los estándares internacionales RCS y GRS en el ámbito de productos textiles.

VII. Otras certificaciones en contenido reciclado de terceros, reconocidas en el ámbito nacional, europeo o internacional.

Documentos asociados

Boletín: 04/11/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 214
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento