Subvenciones a empresas para la realizacion de inversiones destinadas a la proteccion del medio ambiente.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S57891/10

Norma:

DECRETO 260/2010, de 19 de octubre. ORDEN de 20 de octubre de 2010. ORDEN de 9 de mayo de 2011. ORDEN de 16 de mayo de 2012. ORDEN de 24 de julio de 2013. ORDEN de 23 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, destinadas a la protección del medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima será de:

a) En el caso de las ayudas para estudios ambientales, diez mil (10.000) euros por proyecto y/o
centro de producción.

b) En el caso de ayudas a inversiones ambientales, las subvenciones no podrán exceder la
cuantía máxima de cincuenta mil (50.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

c) En el caso de ayudas a servicios de asesoramiento externo, las subvenciones no podrán
exceder la cuantía máxima de:

c.1.– Ayudas a la inscripción en el Registro del Sistema Europeo de Gestión Medioambiental
(EMAS): seis mil (6.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

c.2.– Ayudas a la renovación del registro EMAS: tres mil (3.000) euros por proyecto y/o centro
de producción.

c.3.– Ayudas a la implantación y certificación en Norma de Ecodiseño UNE-EN ISO 14.006,
ecoetiquetas (tipo I o tipo III) o huella de carbono: cuatro mil (4.000) euros por proyecto y/o
centro de producción.

c.4.– Ayudas para la redacción de Planes de Residuos: dos mil (2.000) euros por proyecto y/o
centro de producción.

c.5.– Ayudas para la declaración de calidad del suelo de solares que hayan soportado actividades potencialmente contaminantes: diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física o jurídica de naturaleza privada dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos, así como las asociaciones constituidas por las mismas que representan los intereses generales y comunes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– A través de un procedimiento ordinario único se sustanciará la concesión de subvenciones
para las siguientes líneas:

a) Ayudas para financiar inversiones encaminadas a alcanzar un nivel de protección del medio
ambiente que permita a la empresa beneficiaria superar las normas que le sean de aplicación o
mejorar la protección del medio ambiente en ausencia de normas aplicables.

b) Ayudas para realizar estudios ambientales directamente vinculados a las inversiones destinadas a superar las normas de protección medioambiental vigentes, que superen los veinte mil (20.000) euros.

c) Ayudas para financiar inversiones para la gestión de residuos generados por terceros
empleando «tecnología punta» o utilizando tecnologías convencionales de forma innovadora.

d) Ayudas para el saneamiento de solares contaminados, cuando no se pueda identificar al
responsable de la contaminación o no se le pueda obligar a correr con el coste.

2.– A través de procedimientos simplificados, diferenciados, se sustanciará la concesión de las subvenciones comprendidas en las siguientes líneas y sublíneas:

a) Ayudas para realizar estudios de viabilidad técnico ambiental previos a inversiones destinadas a superar las normas de protección medioambiental vigentes que no alcancen los veinte mil (20.000) euros. Estos estudios deberán analizar comparativamente las mejores técnicas disponibles y/o el ciclo de vida de la inversión en cuanto a generación de GEIs, consumo de materias primas, generación de residuos, vertidos y emisiones.

b) Ayudas a las PYMEs para financiar los costes externos derivados de servicios de asesoramiento externo en materia medioambiental. En la presente convocatoria únicamente se
subvencionarán las siguientes sublíneas:

b.1.– Ayudas a la inscripción en el Registro del Sistema Europeo de Gestión Medioambiental
(EMAS).

b.2.– Ayudas a la implantación y certificación en Norma de Ecodiseño UNE-EN ISO 14.006,
ecoetiquetas (tipo I o tipo III) o huella de carbono. No se concederán ayudas para la Implantación y certificación de huella de carbono de actividades dedicadas exclusivamente a oficina (bancarias, seguros, inmobiliarias, asesorías, etc.).

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones contempladas en esta norma las entidades que se encuentren
incursas en alguna prohibición o en sanción administrativa o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública, incluidas las establecidas en el artículo 117 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco y la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, en tanto en cuanto no ejecutasen las medidas correctoras pertinentes y no se hubiera satisfecho la sanción.

Asimismo, para poder acceder a las ayudas reguladas en el presente Decreto las personas solicitantes deberán acreditar que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 21/10/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/10/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 204
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 09/12/2010
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BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 97
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Boletín: 01/09/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 164
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