Subvenciones a empresas para la realización de proyectos de innovación en áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible de Canarias (RIS3 ampliada), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FEDER Canarias 2021-2027, para el ejercicio 2025.

Código de ayuda:

S06291/25

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2025. ORDEN de 12 de diciembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia no competitiva para el ejercicio 2025, subvenciones a empresas para la realización de proyectos de innovación en áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible de Canarias (RIS3 ampliada), cofinanciadas por la Unión Europea en un 85%, en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027, para el ejercicio 2025.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las empresas que vayan a realizar un proyecto de innovación, según lo dispuesto en la base 6.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes directos de personal:

Serán subvencionables los costes del personal necesario para la ejecución del proyecto de innovación, que tengan relación laboral con la entidad beneficiaria y que reciban una remuneración salarial, como pago por los rendimientos del trabajo que desempeñan para el proyecto. Se podrá considerar como gasto subvencionable el coste de la contratación correspondiente al puesto de trabajo a crear en cumplimiento de la base 4, apartado 2.

Estos costes de personal incluyen la retribución bruta y la cuota empresarial a la Seguridad Social imputables durante el periodo de ejecución de la ayuda, así como otros gastos soportados directamente por la empresa como aportaciones a planes de pensiones, u otras prestaciones en favor de las personas trabajadoras que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo a los usos del sector y siempre que no sean recuperables.

b) Otros costes directos subvencionables:

- Activos fijos nuevos que no tengan carácter de reposición.

- Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

- Inversiones inmateriales: registro de propiedad industrial derivado de la ejecución del proyecto y licencias de software de uso específico para el proyecto, así como costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos en condiciones de plena competencia.

- Colaboraciones externas: asistencia técnica, ingeniería, contratación con centros de investigación, contratación de laboratorios de ensayo, gastos externos de consultoría y tutorización.

- Costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación relacionados con el proyecto, incluidos los servicios prestados por organismos de investigación y difusión de conocimientos, infraestructuras de investigación, infraestructuras de ensayo y experimentación o agrupaciones empresariales innovadoras.

- Auditoría: el importe máximo a subvencionar para este coste será de 1.200,00 euros.

Requisitos:

a) Estar válidamente constituidas y disponer de personalidad jurídica propia.

b) Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) Contar con una o más personas en plantilla.

d) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que deberá constar por escrito, debiendo acreditarse la forma elegida por la empresa para realizar su difusión a toda la plantilla. Este compromiso abarcará como mínimo las siguientes medidas:

- La aplicación de criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad y no discriminación.

- La aplicación de criterios de promoción profesional adecuados al principio de igualdad y no discriminación.

- La aplicación de sistemas y criterios de retribución que cumplan con los parámetros de publicidad, objetividad y transparencia y fomenten el principio de igualdad y no discriminación.

- La implantación de medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo: códigos de conducta, protocolos de actuación para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que se puedan formular en materia de acoso.

- La adopción de medidas en las empresas para impulsar la presencia de mujeres en los consejos de administración, en otros órganos colegiados y en el resto de los diferentes puestos de toma de decisión y su evolución en los últimos años.

e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

f) No ser empresa que opere en los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15 de diciembre).

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