Subvenciones a empresas privadas para la creación, reforma o mejora de la infraestructura hotelera sita en núcleos históricos en áreas de rehabilición integral.
Código de ayuda:
S14255/06Norma:
Orden de 27 de abril de 2006. Orden de 11 de octubre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Podrán ser objeto de subvención, de conformidad con lo que se establece en esta orden, las inversiones dirigidas a la creación, reforma o mejora mediante nueva construcción o la rehabilitación y/o restauración de edificaciones, para uso hotelero (grupo primero: hoteles), situados en cascos históricos dentro de un área de rehabilitación integral (ARI).En el caso de reforma o mejora de establecimientos existentes, serán objeto de subvención las actuaciones siguientes:
* Las acciones que permitan la conversión de establecimientos hoteleros de categoría inferior en establecimientos hoteleros del grupo primero (hoteles).
* Las acciones encaminadas a la modernización de las instalaciones existentes en los establecimientos hoteleros que estén clasificados dentro del grupo de hoteles, incidiendo especialmente en lo relativo a las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
* Las actuaciones en hoteles dirigidas a la implantación de energías renovables.
* Las acciones en hoteles encaminadas a la implantación de sistemas de calidad específicos para empresas hoteleras que conduzcan a la obtención de la correspondiente certificación de afirmación de calidad.
Estas acciones abarcan la modernización y remodelación de todas las instalaciones, así como la creación o mejora de la oferta complementaria.
La mejora no podrá suponer un incremento superior al 10% de las plazas autorizadas por la Administración turística.
Estos establecimientos, objeto de subvención, no podrán superar una oferta de alojamiento de más de 75 plazas.
Categorías Subvención
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/11.png)
Convoca:
Consellería de Innovación e Industria (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de subvenciones para la creación, reforma o mejora de hoteles, con carácter general, las empresas turísticas, así como las de nueva creación y las agrupaciones de las mismas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considera inversión subvencionable tanto la ejecución material de las obras que se acometan para la creación, reforma o mejora de los hoteles objeto de esta orden como, en su caso, la adecuación del entorno y las actuaciones de recuperación de los elementos de arquitectura, la cultura y la sociedad tradicional y los honorarios técnicos.Requisitos:
Los beneficiarios de subvenciones concedidas en virtud de la presente orden tendrán como fecha límite, para la presentación de justificación de la inversión ejecutada, el 30 de noviembre de 2006.Documentos asociados
Boletín:
08/05/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
20/10/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 203
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 203
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