Subvenciones a empresas privadas para la creacion y mejora de establecimientos turisticos, y se procede a su convocatoria para el año 2009 (CT983G).
Código de ayuda:
S57737/09Norma:
Orden de 10 de agosto de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de las subvenciones de la Consellería de Cultura y Turismo, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación de establecimientos turísticos basados en proyectos singulares y para las mejoras de establecimientos turísticos de alojamiento en general.Categorías Subvención
- Calidad
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas autónomas o las constituidas bajo cualquier tipo de sociedad mercantil, civil o comunidad de bienes, que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y sean titulares de los establecimientos en los que se puedan realizar las inversiones objeto de subvención de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º de estas bases.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La creación de establecimientos turísticos, siendo subvencionable la rehabilitación y restauración de:a.1. Establecimientos para alojamiento:
a.1.1. Edificios sitos en núcleos históricos dentro de una zona ARI (área de rehabilitación integral) o ARCH (área de rehabilitación de centro histórico), así declaradas por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.
a.1.2. Edificaciones de valor patrimonial, principalmente etnográfico: fábricas de salazón, casas rectorales y otras de especial singularidad.
a.2. Establecimientos balnearios y de talasoterapia con o sin oferta hotelera.
b) La creación de establecimientos hoteleros de construcción ex novo.
c) La mejora de establecimientos turísticos de alojamiento que tenga por objeto las actuaciones siguientes:
c.1. Inversiones que permitan la conversión de establecimientos de categoría inferior en establecimientos de categoría superior.
c.2. Inversiones destinadas a la modernización y mejora de las instalaciones existentes que supongan incremento del valor añadido de la oferta de servicios de los establecimientos.
c.3. Inversiones para mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
c.4. Inversiones dirigidas a la implementación de energías renovables en los establecimientos.
c.5. Inversiones encaminadas a la implantación de sistemas de calidad específicos (ISO, Q) así como los necesarios para los procesos de renovación de las correspondientes certificaciones.
d) Creación y/o mejora de restaurantes, siempre que en estas inversiones se apueste por la gastronomía gallega y el uso de productos autóctonos en lo que a la creación se refiere.
Documentos asociados
Boletín:
14/08/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento