Subvenciones a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad.
Código de ayuda:
S15928/06Norma:
RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación y convocatoria de subvenciones dirigidas a empresas y entidades privadas para la contratación a lo largo de 2006 de consultoras homologadas que presten asistencia técnica en la elaboración de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y en el diseño de un plan de igualdad, tanto para su organización interna como para la prestación de sus servicios o productos.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención no podrá exceder por entidad beneficiaria de la cantidad de 12.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas y entidades privadas, cualquiera que sea su régimen jurídico.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionará la contratación de consultoras homologadas a fin de que presten asistencia a la empresa o entidad para la realización de todos los aspectos siguientes:a) diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres en su organización interna y en la prestación de servicios o productos.
b) mínimo de 10 horas de sensibilización/formación sobre la igualdad de mujeres y hombres en el mundo laboral y su reflejo en los principales resultados del diagnóstico.
Esta sesión debe servir de contraste del diagnóstico y de base para el diseño del plan de igualdad y se realizará para, al menos, una muestra representativa de la plantilla.
c) diseño de un plan de igualdad para su organización interna y para la prestación de servicios o productos.
La contratación de las consultoras homologadas a subvencionar se realizará a fin de que presten asistencia
entre el 1 enero y el 31 de diciembre de 2006.
Requisitos:
a) Estar radicada en la Comunidad Autónoma de Euskadi.b) Contar con una plantilla de, al menos, 10 trabajadoras o trabajadores.
c) Compromiso de contratar o haber contratado la asistencia técnica de una consultora homologada en virtud del Decreto 105/2004.
d) Mostrar el compromiso de la Dirección de continuar el proceso hasta que la empresa u entidad se convierta en Entidad Colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en los términos que establece el Decreto 424/1994.
e) No haber recibido ayudas de mínimis por importe máximo de 100.000 euros en los tres últimos años,
en los términos establecidos en el Reglamento (CE) n.º 69/2001 de la Comisión de 12 de enero de 2001.
f) No haber sido beneficiarias de subvención en virtud de la Resolución de 9 de agosto de 2005 de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer por la que se conceden subvenciones para el año 2005 a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad.
g) Designar por parte de la Dirección una persona de la entidad como responsable de la organización de dinamizar el proceso.
h) Presentar un informe sobre la previsión del impacto de la ayuda.
i) Presentar una propuesta de trabajo para el año 2006 que recoja:
– Aspectos a revisar en el diagnóstico.
– Metodología cuantitativa y cualitativa a utilizar.
– Programa de las sesiones de sensibilización/formación en igualdad de mujeres y hombres.
– Proceso de elaboración del plan de acción.
– Equipo de trabajo.
– Cronograma.
– Presupuesto.
j) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
k) No encontrarse incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos ni tener pendiente de justificación alguna otra subvención concedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en ejercicios anteriores.
l) No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna.
Documentos asociados
Boletín:
25/05/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento