Subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático y se hace pública la convocatoria de presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones para los años 2010-2011.
Código de ayuda:
S12491/10Norma:
ORDEN IRP/105/2010, de 26 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático que testimonie la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre 1931 y 1980, las cuales constan en el anexo de la presente Orden.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Interior (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los consejos comarcales, los ayuntamientos, las mancomunidades de municipios, los consorciosconstituidos principalmente por entes locales y las entidades municipales descentralizadas que tengan prevista entre los años 2010 y 2011 alguna de las actuaciones descritas en la base 2.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones subvencionables se tienen que dirigir exclusivamente a trabajos relacionados con equipamientos memoriales, y abarcan los siguientes conceptos:a) Los trabajos de construcción, protección, conservación, restauración y mejora de bienes inmuebles.
b) Trabajos de acondicionamiento y balizamiento de zonas al aire libre.
c) La adquisición de maquinaria, utillaje, señales, mobiliario y equipamientos nuevos, incluidos los equipos y programas informáticos.
d) Los trabajos de instalación y montaje de instalaciones, equipamientos y suministros de fabricación.
e) La redacción y la elaboración de proyectos técnicos de inversión, dirección de obra y estudios de viabilidad técnica y económica que justifiquen la inversión.
El coste máximo subvencionable por estos conceptos no podrá superar el 12% del gasto total solicitado.
f) Los honorarios de los profesionales o de las empresas que realicen los trabajos de investigación necesarios para la correcta actuación sobre el patrimonio memorial, incluyendo los trabajos previos de investigación histórica, y los trabajos de conceptualización de las propuestas museológicas y museográficas, entre otros.
g) El diseño y la elaboración de los materiales y elementos de difusión, en formato digital o en papel.
h) Los impuestos indirectos serán subvencionables cuando no sean susceptibles de recuperación o compensación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
02/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5578
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5578
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento