Subvenciones a entidades asturianas sin animo de lucro para la realizacion de programas de apoyo a personas emigrantes retornadas al Principado de Asturias.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S18764/13Norma:
Resolución de 13 de mayo de 2013. Resolución de 13 de junio de 2013. ResoluCión de 8 de abril de 2014. Resolución de 30 de abril de 2014. Resolución de 26 de febrero de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/04/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones, mediante convocatoria pública y en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades asturianas sin ánimo de lucro para la realización de programas de apoyo, de carácter laboral y social, a personas emigrantes asturianas retornadas al Principado de Asturias para el año 2015.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Empleo
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de la Presidencia (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El límite máximo que se podrá conceder a cada una de las entidades beneficiarias será de ocho mil euros (8.000,00 €).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones, Fundaciones u Organizaciones sin ánimo de lucro, que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programas de Carácter Laboral.b) Programas de Carácter Social.
Serán conceptos subvencionables:
— Los originados directamente por el desarrollo y ejecución del programa así como los originados por el mantenimiento ordinario de la sede física y electrónica utilizada para la prestación de las actividades y servicios derivados de la ejecución del programa subvencionado.
— Otros gastos de la actividad: material fungible, comunicaciones postales, folletos, publicidad, no pudiendo subvencionarse más del 50% por este tipo de conceptos.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro administrativo del Principado de Asturias y tener su sede social en un concejo asturiano.b) Que tengan un funcionamiento interno democrático y no tengan ánimo de lucro.
c) Que entre su objeto social esté expresamente contemplado el apoyo a las personas emigrantes retornadas.
Documentos asociados
Boletín:
31/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 125
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
11/07/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 160
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
23/04/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 93
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
15/05/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 111
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
16/03/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 62
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
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