Subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S12355/17Norma:
ORDEN FORAL 12E/2017, de 3 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de abril de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad, potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro que los desarrollan, para el ejercicio 2017.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Discapacidad / Personas con discapacidad
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/15.png)
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según programa.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que, careciendo de ánimo de lucro y estando domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra, intervengan exclusivamente en el área de personas con discapacidad y sus familias, potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en el ámbito de servicios sociales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) “Fomento del asociacionismo”.b) “Desarrollo de Programas”.
Requisitos:
a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, o contar con Delegación permanente en este territorio. En este último supuesto, la antigüedad minima será de 3 años en la Comunidad Foral de Navarra y habrán de contar con estructura y organización suficientes que les permita tomar decisiones y gestionar autónomamente los proyectos presentados a esta convocatoria.
c) Carecer de fines de lucro.
d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad y/o sus familias.
e) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su caso haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.
g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
27/03/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
27/03/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento