Subvenciones a entidades de iniciativa social del area de personas con discapacidad para el desarrollo de programas calidad y de formación para la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia en el año 2009.

Código de ayuda:

S71764/09

Norma:

ORDEN FORAL 335/2009, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2009, a las entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad que, careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en Navarra, desarrollen programas dirigidos a la promoción de la autonomía personal y prevención de la
dependencia, en materia de Calidad y Formación en el ámbito de Asuntos Sociales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención se cifrará en 6.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

A las entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención los gastos de personal y de actividades específicos de cada programa realizados por las entidades entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2009, ambos inclusive.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes:

–Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.

–Otros que por la naturaleza jurídica de la entidad pudieran corresponder.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el punto 2.1, a) de esta base.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad.

e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.

f) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

h) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/11/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 143
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento