Subvenciones a entidades de participación juvenil del Principado de Asturias para financiar la adquisición de equipamiento destinado al funcionamiento de su sede y el necesario para la realización de sus actividades en el ámbito de la juventud en 2025.

Código de ayuda:

S06737/25

Norma:

Resolución de 18 de marzo de 2025. Resolución de 30 de noviembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión en 2025 de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva a entidades de participación juvenil del Principado de Asturias para financiar la adquisición de equipamiento destinado al funcionamiento de su sede y el necesario para la realización y el fomento de sus actividades en el ámbito de la juventud en los términos establecidos en las bases que rigen la presente convocatoria aprobadas por Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, publicada en el Boletín
Oficial del Principado de Asturias, Núm. 3, de 4 de enero de 2024.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones objeto de la presente convocatoria las siguientes entidades de participación juvenil:

a) Asociaciones juveniles.

b) Federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones juveniles.

c) Secciones juveniles de otras asociaciones, siempre que tengan reconocidas estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.

d) Entidades prestadoras de servicios a la juventud que presten servicios habitualmente y no tengan ánimo de lucro, con excepción de las que tengan un carácter docente o deportivo.

e) Otras entidades que sean reconocidas por norma con rango ley y afecten a la juventud.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 03
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 58
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/03/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 58
Documento: Convocatoria 2025 ( Completa) Descargar Documento