Subvenciones a entidades deportivas para la ejecución de obras menores de reparación simple, conservación y mantenimiento de instalaciones deportivas.
Código de ayuda:
S02273/06Norma:
Resolución nº 4383 de 15 de diciembre de 2005, Orden 31/2005, de 13 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/02/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones a entidades deportivas para la ejecución de obras menores de reparación simple,conservación y mantenimiento de instalaciones deportivas, de acuerdo con el Titulo V de la Orden 31/2005 (B.O.R. de 22 de octubre de 2005).
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación, Formación y Empleo (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de La Rioja legalmente constituidas, que se encuentreninscritas o adscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
desarrollen mayoritariamente su actividad en esta Comunidad Autónoma y faciliten las instalaciones deportivas en las que realicen su actividad para el desarrollo de actividades integradas en los Juegos Deportivos de La Rioja, excepto las Sociedades Anónima Deportivas y las Agrupaciones Deportivas dependientes de centros docentes públicas del Gobierno de La Rioja.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Estas subvenciones reguladas título V de la Orden tienen por objeto la financiación de las obras deconservación, mantenimiento y reparación siempre que se realicen en las instalaciones deportivas utilizadas
por Entidades Deportivas.
La concesión se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva.
Plazo de realización de las obras: Desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2006.
Requisitos:
Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 10% del total de puntos posible siempre y cuando hubiese crédito suficiente autorizado, tras la concesión de la ayuda a los solicitantes con mayor puntuación.Documentos asociados
Boletín:
22/10/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 140
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 140
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
21/01/2006
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 10
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 10
Documento: Convocatoria Descargar Documento