Subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales.
Código de ayuda:
S07228/20Norma:
ORDEN de 31 de diciembre de 2019. ORDEN de 9 de octubre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de marzo de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 35.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Continuar con la labor de mejorar la infraestructura de los equipamientos culturales a fin de dotar de los medios necesarios para que las entidades locales comprometidas con la acción cultural puedan ejecutar sus programas culturales, así como contar con las oportunas infraestructuras que les permitan la adecuada realización de las actividades culturales que promuevan, garantizando el servicio público que prestan a la ciudadanía.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda máxima por beneficiario que concederá la consellería será de 30.000,00 €, que en ningún caso podrá exceder del 90 % del presupuesto total del proyecto subvencionable.Este importe de 30.000,00 € euros ascenderá a 35.000,00 € cuando se trate de solicitudes conjuntas, es decir, solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión o cualquier otra similar). El importe máximo de estas ayudas no podrá, en ningún caso, superar el coste de las actividades que desarrollen las entidades beneficiarias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Ayuntamientos de Galicia, mediante solicitud individual o mediante gestión compartida, a través de la solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia constituidos exclusivamente por ayuntamientos; asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades resultantes de una fusión municipal.Las entidades relacionadas deberán ser titulares de los locales culturales para los que se solicitan las ayudas, y los locales culturales deberán contar con una programación cultural estable a lo largo del año o prestar un servicio público cultural de carácter continuado, excepto en el caso de locales cuyo proyecto suponga la puesta en funcionamiento de los mismos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención las actuaciones relativas al equipamiento y mobiliario de locales; la realización de obras de reforma, ampliación, modernización o mejora de inmuebles, así como la adquisición de materiales técnicos vinculados al desarrollo de la programación cultural del local para el cual se solicita la ayuda, y en concreto: realización de inversiones en equipamiento escénico, iluminación y sonido, equipamiento audiovisual, equipamiento general, sistemas de prevención y seguridad, nuevas tecnologías, inversiones destinadas a la puesta en funcionamiento de locales para usos culturales, inversiones en bibliotecas o agencias de lectura pública municipales, inversiones en archivos municipales, así como acciones encaminadas a la mejora de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.Documentos asociados
Boletín:
19/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
19/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
20/10/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 211
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 211
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