Subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana en el año 2024.

Código de ayuda:

S21882/24

Norma:

Resolución de 10 de octubre de 2024. Resolución de 25 de septiembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas a los ayuntamientos y mancomunidades del Principado de Asturias que sean titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana (enseñanzas no regladas), con la finalidad de mejorar el acceso de la ciudadanía asturiana a la formación musical, incrementando la igualdad de oportunidades de acceso a dicha formación, independientemente del lugar de residencia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos y mancomunidades del Principado de Asturias que sean titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se concederán para costear ciertos gastos del centro y del personal ocurridos en el curso académico anterior a la fecha de la convocatoria. Dichos gastos subvencionables han de estar incluidos en alguno de los siguientes apartados:

a) Gastos derivados de remuneraciones a profesorado y/o monitores (hombres mujeres).

b) Gastos de equipamientos instrumentales (instrumentos musicales, sus accesorios o adaptaciones.

c) Gastos derivados de la realización de las actividades escolares y complementarias del centro o intercentros.

d) Gastos derivados de la organización de conciertos o festivales musicales y convocatorias de concursos de composición interpretativa, danza, etc.

Requisitos:

Las escuelas han de cumplir, al menos, los siguientes requisitos:

a) Oferta obligada, como asignatura, de “Lenguaje Musical”.

b) Contar, al menos, con dos modalidades instrumentales en su plan de estudios de las relacionadas en el documento de baremación de los criterios de valoración de cada convocatoria y tener organizada como parte de la oferta de la escuela, al menos, una actividad de grupo de las relacionadas en el mencionado documento de baremación.

2. Sin perjuicio de lo anterior, las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) No estar incursas en las prohibiciones previstas para obtener la condición de beneficiaria en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) No ser deudor de la Administración del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles

Documentos asociados

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