Subvenciones a entidades locales para la elaboración de planes en materia de comercio.
Código de ayuda:
S20900/22Norma:
RESOLUCIÓN 39E/2022, de 11 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de octubre de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el régimen de concesión de subvenciones a las entidades locales de Navarra para la elaboración de planes de actuación en materia de comercio, tanto de ordenación como de dinamización comercial.La finalidad de la convocatoria es la de fomentar la reflexión, la planificación, la redacción de diagnósticos, análisis y planes de actuación de forma previa a la ejecución de actuaciones en materia de comercio y la de facilitar y apoyar la implementación, ejecución y desarrollo de aquellas medidas y líneas de actuación previstas en los planes de comercio existentes.
Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Comercio
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 40.000 euros distribuido en función de las clases de actuaciones subvencionables:Elaboración de planes en materia de comercio 30.000 €.
Asesoramiento técnico para la concreción y preparación de proyectos susceptibles de optar a ayudas con fondos europeos en materia de comercio, derivados o no de planes de ordenación de comercio preexistentes
10.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones contempladas en la presente convocatoria, los Ayuntamientos y demás Entes Locales (en adelante las entidades locales) reconocidos en el artículo 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.Requisitos:
No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.
No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
El cumplimiento de los requisitos generales se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
06/04/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
06/04/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento