Subvenciones a entidades para programas de actuaciones comunitarias, cívicas y de fomento del voluntariado.
Código de ayuda:
S14864/05Norma:
Orden BEF/46/2005, de 15 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades para programas de actuaciones comunitarias, cívicas y de fomento del voluntariado para el año 2005 y se aprueban las bases que han de regir esta convocatoria.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Asociacionismo y Voluntariado
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención se fijará según los criterios de valoración establecidos en estas bases, pudiéndose otorgar hasta el 100% del importe de la actividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a) Las entidades privadas sin ánimo de lucro.b) Los casales catalanes, debidamente reconocidos de acuerdo con lo que prevé el Decreto 118/1998, de 26 de mayo, mediante el que se aprueba el Reglamento de relaciones con las comunidades catalanas del exterior.
c) Y las entidades de carácter cooperativo que desarrollen programas objeto de la presente convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programas de intervención e inclusión social de aplicación en comunidades, barrios, minorías y colectivos sociales.b) Programas de actuaciones cívicas de ámbito vecinal o sectorial y también las actuaciones que tengan como finalidad el fomento del tejido asociativo, la solidaridad, el civismo, la participación ciudadana y la promoción de los valores democráticos en el conjunto de la sociedad.
c) Programas de promoción de la acción del voluntariado, su formación o del fomento de la mejora cualitativa de sus experiencias.
d) Jornadas, congresos, seminarios y similares.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. En el supuesto de que se solicite subvención para programas relacionados con el fomento del voluntariado, las entidades deberán estar incluidas, además, en el Censo de Entidades de Voluntariado de Cataluña.b) Disponer de sede social o delegación en Cataluña.
c) Desarrollar durante el año 2005, actuaciones consideradas subvencionables en el marco de la presente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
18/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4326
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4326
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento