Subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha y se efectúa su convocatoria para el año 2015.
Código de ayuda:
S28864/15Norma:
Orden de 03/06/2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/06/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
El desarrollo y mantenimiento de programas y servicios de atención a personas mayores en Castilla-LaMancha.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/7.png)
Convoca:
Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas de iniciativa social.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones objeto de esta Orden estarán destinadas a contribuir a los gastos de personal y mantenimiento dirigidos al desarrollo de los programas, preferentemente de ámbito regional, que se relacionan a continuación:a) Programas de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal para personas mayores.
b) Programas dirigidos a la promoción del envejecimiento activo y saludable orientado a la inclusión social.
c) Programas de promoción de la protección de derechos de las personas mayores y de prevención del maltrato al mayor en sus distintas modalidades.
d) Programas de atención y apoyo, que mejoren la prestación de servicios residenciales destinados a las personas mayores y otros programas de intervención social específicos.
e) Programas de apoyo a alojamientos especiales en Viviendas de Mayores.
f) Programas para la prestación del Servicio de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personal (Sepap) dirigidos a personas en situación de dependencia.
Este Servicio prestará una atención integral a las personas que se encuentren en situación de dependencia, preferentemente moderada, que así lo tengan establecido en su Programa Individual de Atención (PIA), con el objetivo de prevenir o retrasar el agravamiento de la situación de dependencia mediante actuaciones de carácter preventivo y rehabilitador y se promoverá al mismo tiempo hábitos de vida saludable que fomenten la autonomía y la calidad de vida y que contribuyan a facilitar la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
Las personas usuarias del Servicio, deberán contar con el Programa Individual de Atención aprobado por los Servicios competentes en materia de dependencia en el que se contemplará la idoneidad del recurso y la intensidad del mismo. En todo caso debe cumplir con los requisitos y normativas aplicables.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en los registros que corresponda y, en todo caso, en el registro de servicios sociales de Castilla-La Mancha.b) Carecer de fin de lucro.
c) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.
d) Poseer el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. No obstante, dicho requisito podrá ser excepcionado, de forma motivada y previo informe justificativo de la Dirección General competente en materia de mayores, en razón al especial interés social del objeto y finalidad de la subvención, de la actividad o el servicio subvencionado o que responda a necesidades altamente especializadas o de optimización de los recursos.
e) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
f) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
h) No encontrarse, la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
i) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
j) Disponer de la correspondiente autorización los centros en los que se lleven a cabo los programas a los que se refiere la base cuarta.1, párrafos e) y f).
Documentos asociados
Boletín:
09/06/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento