Subvenciones a entidades privadas de iniciativa social y ciudadana sin animo de lucro para el desarrollo de programas de cualificacion profesional inicial, en la modalidad de Taller Profesional.- Convocatoria 2012.- Corrección.

Código de ayuda:

S43073/12

Norma:

Orden de 15/11/2012. Orden de 01/03/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el desarrollo de programas de cualificación profesional inicial, en la modalidad de Taller Profesional, durante el curso académico 2012/2013, en el marco de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo para cada uno de los programas será de 25.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas de iniciativa social y ciudadana sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Módulos específicos referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. En estos módulos quedará definida la competencia general, las competencias personales, sociales y profesionales. Así mismo, incluirán una fase de prácticas, de acuerdo con la normativa reguladora de cada uno de los programas.

b) Módulos formativos de carácter general, que amplíen competencias básicas y favorezcan la transición desde el sistema educativo al mundo laboral.

Requisitos:

a) Desarrollar las actividades objeto de la subvención en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

b) Desarrollar el programa en localidades o zonas que carezcan de oferta de programas de cualificación profesional inicial en centros públicos o privados concertados o, aún existiendo, concurran circunstancias excepcionales que justifiquen su desarrollo.

c) Desarrollar acciones dirigidas a población con riesgo elevado de exclusión social o con especial dificultad de inserción profesional.

d) Disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para el desarrollo de los programas.

e) No encontrarse incursa en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en ninguno de los supuestos de incompatibilidad regulados
en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo consultivo de Castilla-La Mancha.

f) En el caso de entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

g) Las entidades privadas sin ánimo de lucro han de estar inscritas en el Registro correspondiente y tener reconocida dicha condición.

Documentos asociados

Boletín: 27/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 231
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/03/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 61
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento