Subvenciones a entidades privadas sin animo de lucro en materia de Servicios Sociales.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S08919/13Norma:
Orden SAN/9/2013, de 20 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/04/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar en 2013 los proyectos en materia de servicios sociales.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Podrá subvencionarse la ejecución de programas sociales de entidades privadas sin ánimo de lucro en cuantía máxima de 40.000 euros por programa. Se entenderán por programas sociales las actividades y acciones específicamente planificadas para la consecución de un objetivo determinado, dirigidas a atender necesidades de las personas en el ámbito de la autonomía personal y de la exclusión y participación social. Cuando los programas impliquen prestación de servicios, se requerirán las autorizaciones especiales que se regulen en la normativa específica que resulte de aplicación. En este concepto se subvencionarán los gastos de personal y de material no inventariable específico para el desarrollo del programa subvencionado.Se admitirá que un 10% del coste total del programa sean gastos generales. Se establece un mínimo de subvención de 1.500 euros por programa, excepto si la cantidad solicitada fuera inferior a este importe.
El importe máximo de subvención a conceder a cada Entidad será de 100.000 €, por la totalidad de proyectos presentados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Alquiler de local.- Gastos de mantenimiento y conservación del local.
- Mantenimiento y reparación de equipos informáticos.
- Material de ofi cina no inventariable.
- Suministro de energía eléctrica, agua, gas y combustible de calefacción.
- Gastos de comunicaciones telefónicas, postales y de mensajería.
- Tributos y seguros del local.
- Trabajos de limpieza, seguridad y asesoría realizados por otras empresas.
- Gastos de edición.
- Gastos derivados del personal de dirección, gestión, administración y servicios generales de la Entidad, así como de actividades de información y orientación dirigidas a sus asociados y personas objeto de atención.
Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales regulado medianteDecreto 40/2008, de 17 de abril por el que se regulan la Autorización, la Acreditación, el Registro y la Inspección de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) No tener asignada subvención nominativa para el mismo objeto en la Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2013.
c) No tener asignada ninguna otra subvención directa para el mismo objeto por parte del
Gobierno de Cantabria.
d) No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de
Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
03/04/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento