Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables al amparo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 29 de abril de 2024.

Código de ayuda:

S21428/24

Norma:

Orden de 30 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de presente Orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la subvención dirigida entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de las actuaciones destinadas a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, así como a la orientación y acompañamiento de víctimas de
violencia de género y de cualquier otro tipo de violencia contra la mujer, con fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género, en la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Política Social, Familias, e Igualdad (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades de naturaleza jurídica privada sin ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Entidades privadas sin ánimo de lucro cuyos estatutos recojan entre sus fines u objeto social la sensibilización, formación, prevención, atención, emergencia, apoyo, recuperación, acompañamiento o inserción socio-laboral de mujeres en situación de vulnerabilidad y/o víctimas de cualquier tipo de violencia contra la mujer.

b) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar, carecer de ánimo de lucro y estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.

c) Estar legalmente constituidas, al menos con un año de antelación a la publicación de la correspondiente convocatoria.

d) No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2024
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/10/2024
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 237
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/10/2024
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 237
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento