Subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro radicadas en el ambito de gestion del Ministerio de Educacion y Ciencia, para la realizacion de actividades en el marco de la educacion de personas adultas, para el curso 2008/2009.
Código de ayuda:
S20155/08Norma:
ORDEN ECI/784/2008, de 4 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/04/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer la convocatoria de subvenciones para la realización durante el curso 2008/2009 de actividades de educación de personas adultas, dirigidas a entidades privadas sinfines de lucro legalmente constituidas, radicadas en los territorios de Ceuta y de Melilla; dichas actuaciones tendrán como objetivo elevar el nivel de formación básica o cualificación profesional de la población
adulta, fomentando, a la vez, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la participación democrática, la solidaridad y tolerancia, así como la educación para la salud y el respeto hacia el medio ambiente.
La actividad objeto de la subvención deberá realizarse durante el curso 2008-2009.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Educación y Ciencia
- Formación
- Juventud
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La financiación de las subvenciones previstas en la presente Orden se efectuará con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 18.10.322H.480.01 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, por un importe máximo de 30.000 euros.La cuantía se determinará en función de los proyectos presentados y de los criterios de valoración establecidos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a la condición de beneficiario las entidades privadas sin fines de lucro que no incurran en algunas de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General deSubvenciones y siempre que los proyectos para los que solicita la subvención vayan a desarrollarse en una de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Para ser beneficiarias de estas subvenciones se deberán realizar acciones destinadas a favorecer a los siguientes colectivos:
a. Personas adultas con necesidades de alfabetización, de formación básica o con bajos niveles de cualificación profesional.
b. Minorías étnicas y población inmigrante que requieren alfabetización en lengua castellana.
c. Mujeres pertenecientes a clases o grupos sociales desfavorecidos con necesidades de educación y formación básica y profesional.
d. Jóvenes sin titulación básica en riesgo de exclusión social.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La valoración de los proyectos se realizará según los siguientes criterios:a. Contenido del proyecto y adecuación al objeto de la convocatoria.
b. Que las acciones programadas sean complementarias a los recursos públicos del Plan Provincial de Educación de personas adultas, compensándolo en aquellas zonas o colectivos con mayor necesidad formativa.
c. Número y tipología de las personas a las que se dirige la actividad y grado de concreción de las acciones a realizar.
d. Propuesta de evaluación de la actividad.
e. Experiencia de trabajo de la entidad en materia de educación de personas adultas.
Documentos asociados
Boletín:
25/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 73
Documento: Convocatoria curso 2008/2009 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 73
Documento: Convocatoria curso 2008/2009 y Anexos Descargar Documento