Subvenciones a entidades que actúen en el ámbito del empleo con colectivos en situación de exclusión social.
Código de ayuda:
S00664/06Norma:
Sesión de 26 de diciembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Se establecerá en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar la puesta en marcha y el desarrollo de proyectos de empleo para:Entidades que trabajan en el ámbito del empleo con Colectivos en Situación de Exclusión Social, con proyectos con las siguientes estrategias de acción:
A) Apoyo y fomento de las empresas de inserción como estructura adecuada para la inserción de estos colectivos.
B) Acciones encaminadas a favorecer la inserción de las personas pertenecientes a estos colectivos en el mercado laboral mediante el desarrollo de itinerarios personalizados y otras acciones de información, orientación, asesoramiento, formación e inserción.
Se considerarán en “riesgo de exclusión social” a todas aquellas personas que acrediten estar en esta situación, con un informe o certificado de los servicios sociales emitidos por la Administración competente.
Categorías Subvención
Recursos Humanos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Cabildo Insular de Tenerife (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se subvencionará hasta el 100% del coste total subvencionable del proyecto, con el siguiente límite:• Máximo de 60.000 euros.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
- Organizaciones sindicales.- Organizaciones no gubernamentales.
- Asociaciones y fundaciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán actividades o conceptos subvencionables de los proyectos presentados los siguientes:1. El coste del personal contratado específicamente para el desarrollo del proyecto, correspondiente a los sueldos reales más las cargas de la seguridad social y otros costes que constituyen la remuneración.
2. Gastos de coordinación, dirección o supervisión del proyecto (en el caso de tratarse de personal de la Entidad no contratado específicamente para el desarrollo del mismo, será necesario adjuntar una declaración
del tiempo estimado de dedicación al proyecto en la memoria inicial presentada junto a la solicitud, identificando cada puesto de trabajo en esa situación).
3. Gastos de viaje (desplazamientos, dietas y alojamiento) del personal que participa directamente en el proyecto. El importe de las dietas no podrá superar el máximo establecido por la legislación vigente como exento de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
4. Gastos derivados directamente de la realización del proyecto, como pueden ser: alquiler de locales, distintos de la sede del beneficiario, donde se desarrollaran las actividades, material didáctico que se distribuya entre los/as asistentes o que se utilice en el desarrollo de las actividades, gastos de difusión de la operación, gastos de traducción, gastos de comidas o bebidas servidas a los asistentes a las actividades, gastos de reproducción de aquellos materiales que sean un producto final de la operación, gastos de tratamiento informático de datos, ayuda a alumnos/as y seguros.
5. Gastos de gestión y administración necesarios para realizar al proyecto, pero de carácter general, como pueden ser: material de oficina fungible que responda a una necesidad lógica de gestión de la operación, gastos de teléfono adecuados a la gestión, gastos de personal administrativo que dedica una parte de su tiempo al proyecto (se requiere declaración del tiempo estimado de dedicación al proyecto en la memoria inicial presentada junto a la solicitud, identificando cada puesto de trabajo en esta situación), gastos de correos y de transporte de material al lugar de realización de las actividades.
6. Los costes de arrendamiento de equipos e instalaciones necesarios para el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto, los cuales corresponderán a los costes ordinarios del mercado.
7. Sólo será subvencionable hasta un 5%, del total de los gastos subvencionables del proyecto, en concepto
de publicidad.
8. La contratación de servicios a empresas y profesionales.
Requisitos:
• En el caso de los sindicatos:- Tratarse de organizaciones sindicales con representación en el territorio insular.
- Estar legalmente constituidos y sus estatutos registrados en la oficina pública correspondiente.
• En el caso de las organizaciones no gubernamentales y de las asociaciones y fundaciones:
- Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la isla de Tenerife.
- Estar legalmente constituidas y sus estatutos registrados en los registros de Asociaciones y Fundaciones de Canarias.
- Que en su objeto fundacional se determine como actividad directa e inmediata, la promoción sociolaboral de colectivos en situación de riesgo/exclusión social y/o el desarrollo económico.