Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para Programas comunitarios de interés social a favor de personas desempleadas para el año 2020.
Código de ayuda:
S14764/20Norma:
ORDEN FORAL 56E/2020, de 27 de marzo. ORDEN FORAL 57E/2020, de 20 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de febrero de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El Departamento de Derechos Sociales convoca subvenciones a entidades sin fines de lucro para 2020 con objeto de financiar proyectos en el ámbito de la Inclusión Social dirigidos a personas que simultáneamenteestén en situación de exclusión social y se encuentren desempleadas.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Para ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades deberán cumplir los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos a desarrollar al amparo de esta convocatoria pueden desarrollarse en dos líneas de actuación:a) Mejora de la empleabilidad de personas en situación de exclusión social, prioritariamente personas perceptoras de Renta Garantizada, que por diferentes factores no puedan utilizar los recursos ordinarios existentes en esta materia y que debido a diferentes indicadores de exclusión puedan beneficiarse de itinerarios de acompañamiento en materia de inserción socio-laboral.
b) Contratación temporal de personas en situación de exclusión social con objeto de facilitar la adquisición de hábitos y habilidades que mejoren sus posibilidades de incorporación laboral. Las personas a contratar al amparo de esta modalidad deberán estar incluidas en uno de estos grupos:
–Personas beneficiarias de Renta Garantizada en el momento de la contratación.
–Jóvenes menores de 30 años en situación o riesgo de exclusión social.
–Excepcionalmente podrán ser contratadas aquellas personas, no pertenecientes a los dos grupos anteriores, que se encuentran en situación de exclusión social y precisen de acompañamiento social para llevar a cabo su itinerario de inclusión.
Todos los proyectos deberán incluir la perspectiva de género tanto en su elaboración como en su ejecución.
Requisitos:
a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en la Ley Foral de Subvenciones o en la legislación general tributaria.
f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
20/04/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 81
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 81
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
04/12/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 283
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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