Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para Programas comunitarios de interés social a favor de personas desempleadas para el año 2021.

Código de ayuda:

S05882/21

Norma:

ORDEN FORAL 79E/2021, de 25 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar proyectos en el ámbito de la Inclusión Social dirigidos prioritariamente a personas atendidas en los servicios sociales de atención primaria, que simultáneamente estén en situación de exclusión social y se encuentren desempleadas.

Los proyectos a desarrollar al amparo de esta convocatoria pueden desarrollarse en dos líneas de actuación:

a) Mejora de la empleabilidad de personas en situación de exclusión social, prioritariamente personas perceptoras de Renta Garantizada, que por diferentes factores no puedan utilizar los recursos ordinarios existentes en esta materia y que debido a diferentes indicadores de exclusión puedan beneficiarse de itinerarios de acompañamiento en materia de inserción socio-laboral.

b) Contratación temporal de personas en situación de exclusión social con objeto de facilitar la adquisición de hábitos y habilidades que mejoren sus posibilidades de incorporación laboral. Las personas a contratar al amparo de esta modalidad deberán estar incluidas en uno de estos grupos:

–Personas beneficiarias de Renta Garantizada en el momento de la contratación.

–Jóvenes menores de 30 años en situación o riesgo de exclusión social.

–Excepcionalmente podrán ser contratadas aquellas personas, no pertenecientes a los dos grupos anteriores, que se encuentran en situación de exclusión social y precisen de acompañamiento social para llevar a cabo su itinerario de inclusión.

Todos los proyectos deberán incluir la perspectiva de género tanto en su elaboración como en su ejecución.

No es objeto de esta convocatoria de subvención la financiación de proyectos y actuaciones cuya financiación se contemple de modo específico en otras convocatorias públicas o cuya competencia corresponda a otras Administraciones Públicas. Asimismo, se excluyen expresamente los proyectos cuyo contenido sea únicamente la realización de acciones culturales y de ocio y tiempo libre, obras de construcción y/o rehabilitación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía destinada a tales fines será de 1.499.889,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

e) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en la Ley Foral de Subvenciones o en la legislación general tributaria.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Requisitos:

Los proyectos para los que se solicite la subvención deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser adecuados a los objetivos y finalidades contenidos en la Base 1.ª de esta Convocatoria; y a los principios del artículo 2.º de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

b) Se corresponderán con algunas de las siguientes modalidades:

–Modalidad A: Proyectos integrales de acompañamiento en itinerarios de inserción socio-laboral, dirigidos prioritariamente a integrantes de unidades perceptoras de Renta Garantizada.

Las personas participantes deberán ser, prioritariamente, integrantes de unidades perceptoras de Renta Garantizada u otras personas que no siendo perceptoras se encuentren en situación de exclusión social y
precisen de acompañamiento social para llevar a cabo su itinerario de inclusión. En este último caso, la derivación de las personas usuarias deberá realizarse desde los Servicios Sociales de Base / Unidades de
Barrio o desde los Equipos de Incorporación Socio-laboral (EISOL). El Servicio de Atención primaria e Inclusión Social, podrá comprobar de oficio dicha derivación.

Los proyectos presentados deberán incluir las siguientes actuaciones:

1.–Itinerarios personalizados de inserción socio-laboral.

2.–Acciones ocupacionales de carácter pre-laboral.

3.–Acciones de capacitación personal.

4.–Formación ocupacional y prácticas en empresas.

–Modalidad B.–Proyectos que contemplen la contratación de personas, debiendo reunir las siguientes características:

1.–Con respecto al perfil de las personas contratadas y ponderación de los contratos:

a. Personas beneficiarias de Renta Garantizada en el momento de la contratación. Los contratos realizados a este grupo alcanzarán como mínimo el 80% del total de los contratos.

b. Excepcionalmente podrán ser contratadas otras personas, no perceptoras de Renta Garantizada, que se encuentren en situación de exclusión social o riesgo y precisen de acompañamiento social para llevar a cabo su itinerario de inclusión. Los contratos realizados a este grupo no podrán superar el 20% del total de los contratos.

En este último supuesto, deberá ser justificada la situación de exclusión mediante la aplicación de la herramienta SIDIS aplicada desde el Servicio Social de Base/Unidad de Barrio/EISOL correspondiente remitido al órgano gestor quien deberá emitir autorización previa a la contratación.

2.–Los contratos no podrán ser inferiores a seis meses y podrán ser a jornada completa o a media jornada.

3.–Contratación de personal técnico de coordinación para el apoyo social y cuyo gasto no excederá del 10% del gasto en el apartado anterior.

4.–Gasto destinado a formación que puede incluir gasto en actividades formativas para el grupo de personas contratadas o la contratación de personal técnico/a de procesos laborales que monitorice profesionalmente las actividades a desarrollar por el personal contratado. Este apartado no excederá del 30% del gasto en contrataciones del punto 1.

c) Los proyectos presentados deberán ser eficaces y eficientes en relación con el número de personas atendidas.

d) Realizar las actividades en 2021. Se entenderá como fecha de inicio la de la Resolución de concesión, salvo comunicación expresa por parte de la entidad beneficiaria de fecha anterior, siempre dentro del año
natural de la convocatoria.

e) Los costes indirectos a los que se hace referencia en la Base 6.ª presupuestados y aplicados a la subvención no podrán ser superiores al 12,5% de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 63
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento