Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para Programas comunitarios de interés social a favor de personas desempleadas para el año 2022.
Código de ayuda:
S19528/22Norma:
ORDEN FORAL 90E/2022, de 8 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de abril de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar proyectos en el ámbito de la Inclusión Social dirigidos prioritariamente a personas atendidas en los servicios sociales de atención primaria, que simultáneamente estén en situación de exclusión social y se encuentren desempleadas.Los proyectos a desarrollar al amparo de esta convocatoria habrán de atender a la mejora de la empleabilidad de personas en situación de exclusión social o riesgo, prioritariamente personas perceptoras de Renta Garantizada y/o Ingreso Mínimo Vital, que por diferentes factores no puedan utilizar los recursos ordinarios existentes en esta materia y que debido a diferentes indicadores de exclusión puedan beneficiarse de itinerarios de acompañamiento en materia de inserción socio-laboral.
Todos los proyectos deberán incluir la perspectiva de género tanto en su elaboración como en su ejecución.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Empleo
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía destinada a tales fines será de 1.519.291,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan con los requisitos.Requisitos:
a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en la Ley Foral de Subvenciones o en la legislación general tributaria.
f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento