Subvenciones a entidades sin animo de lucro para proyectos en el area de Inclusion Social y de promocion social de grupos mas vulnerables.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S04755/15

Norma:

ORDEN FORAL 35E/2015, de 21 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones para 2015 mediante las cuales se financiarán proyectos de inclusión social realizados por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro. Estos proyectos tendrán como finalidad la mejora de las condiciones de vida de personas en situación de exclusión social en Navarra, y contribuirán a la lucha contra la pobreza y a la promoción y autonomía de estas personas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total se distribuirá en función de las siguientes modalidades de actuación:

A.–Participación de personas en situación de exclusión social en centros ocupacionales de inserción para las que se reservarán 30.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 30.000 euros.

B.–Plazas residenciales para personas en situación de exclusión social para las que se reservarán 110.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 50.000 euros.

C.–Necesidades alimentarias de las personas para las que se reservarán 50.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 30.000 euros.

D.–Acompañamiento social especializado no cubierto por los servicios públicos dirigido a personas que ejercen la prostitución para las que se reservarán 120.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 50.000 euros.

E.– Actividades dirigidas a la promoción social de la población gitana, entendiendo por tales de conformidad con el Plan Integral de Atención a la Población Gitana de Navarra, aquellas que contengan una o varias de las siguientes actividades: (1) Apoyo y refuerzo educativo extraescolar a menores, así como a la sensibilización a las familias sobre la importancia de la escolarización de sus hijos/as y sobre los beneficios del acceso y permanencia en el sistema escolar, (2) Promoción de la mujer gitana y (3) Sensibilización y mediación para el uso adecuado de los recursos públicos y coordinación con éstos; para las que se reservarán en conjunto 110.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 50.000 euros.

F.–Apoyo a actuaciones propuestas por redes de asociaciones o similares que aglutinen entre sus miembros una mayoría de entidades que intervienen en el ámbito de la Inclusión Social para las que se reservarán 50.000 euros. El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin animo de lucro que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La inclusión social de las personas, a la promoción social de grupos más vulnerables entre ellos la población gitana, y a proyectos de fomento de la coordinación y trabajo en red de entidades sociales en inclusión social.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito relacionado con la modalidad para la que solicite el proyecto.

d) Tener su domicilio social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 05/02/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 24
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento