Subvenciones a entidades sin animo de lucro que desarrollen en la Region de Murcia programas de Prevencion de Drogodependencias para el año 2009.
Código de ayuda:
S19482/09Norma:
Orden de 26 de febrero de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar subvenciones y establecer las bases por las que han de regirse las solicitudes y concesión de las mismas, para entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la Región de Murcia programas de prevención de drogodependencias, cuyas actividades estén dirigidas preferentemente a la consecución de los siguientes fines: desarrollo de programas de prevención de drogodependencias en los ámbitos comunitario, familiar, laboral, penitenciario y escolar, recogidos en el Plan Regional sobre Drogas 2007-2010.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Salud (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Dichas subvenciones se concederán con cargo a las previsiones que se establecen a tal fin en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Murcia para el ejercicio de 2009 en la partida presupuestaria 18.04.00.411B.482.03, código de proyecto 35898, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por importe de ciento seis mil euros (106.000 €).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la Región de Murcia programas de prevención de drogodependencias, afines al objeto de esta subvención.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Consultar Artículo 5º.Requisitos:
a) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, justificándose no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario mediante declaración responsable otorgada ante el órgano concedente, y conforme al artículo 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.b) Que se encuentran al corriente en sus Obligaciones Tributarias con la Seguridad Social en los términos recogidos en el artículo 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Que se encuentran al corriente en sus Obligaciones Tributarias con el Estado en los términos recogidos en el artículo 18.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Que se encuentran al corriente en sus Obligaciones Tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Documentos asociados
Boletín:
13/03/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento