Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de la protección del menor.

Código de ayuda:

S08128/20

Norma:

ORDEN FORAL 60/2020, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de marzo de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el año 2020, para el funcionamiento y fomento de actividades a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el
ámbito de la protección de menores en la Comunidad Foral de Navarra.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP) subvencionará las siguientes acciones, que deberán contemplar en su realización la perspectiva de género:

a) La sensibilización, formación y apoyo a familias acogedoras.

b) La sensibilización, formación y apoyo a familias adoptantes.

c) La intervención socio-educativa y terapéutica destinadas a menores en situación de riesgo de desprotección leve o moderada y/o programas o actuaciones encaminadas a la prevención de situaciones de
riesgo de desprotección, en concreto, programas destinados a mejorar las condiciones de vida de los menores, mediante el desarrollo de programas y acciones de prevención primaria, secundaria y terciaria.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.

b) Realizar la actividad subvencionada en territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a menores en situación de riesgo de desprotección o la prevención de la desprotección.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

g) No haber sido sancionadas o condenadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 38
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento