Subvenciones a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de impulsar proyectos en materia de igualdad entre mujeres y hombres y fomentar el asociacionismo de mujeres.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S29282/14

Norma:

Orden PRE/27/2014, de 6 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convoca subvenciones para entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, con el objeto de promocionar los programas y actuaciones destinadas al fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y del asociacionismo de mujeres de la Comunidad Autónoma de Cantabria, desde el 1 de abril de 2014 al 31 de diciembre de 2014.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención a percibir por cada entidad/asociación por el conjunto de proyectos solicitados no podrá superar el 10% de la cuantía máxima a conceder en la convocatoria, salvo que se trate de actividades formativas de carácter social, cultural y
político para mujeres que fomenten el asociacionismo de mujeres, así como la formación en las
tecnologías de la información y comunicación, en este caso para el conjunto de los programas
solicitados el importe máximo de la subvención a percibir por cada entidad/asociación no podrá
superar los siguientes importes:

Nº DE ASOCIADAS Importe máximo de subvención a conceder en euros

12-50 2.500,00 €

51-80 3.500,00 €

81-120 4.000,00 €

121-450 4.500,00 €

451-970 6.000,00 €

971-1500 8.000,00 €

+ 1.500 12.000,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de mujeres; federaciones de asociaciones de mujeres; asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres; asociaciones socioculturales y asociaciones de carácter social con sección de mujeres o cuya junta directiva esté constituida íntegramente por mujeres; sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área ó programa de mujeres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos que contribuyan a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres,
fomentando el derecho a la información, asesoramiento y formación de todas las mujeres
atendiendo al principio de la no discriminación.

b) Proyectos que contribuyan a fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar y la corresponsabilidad en el reparto de responsabilidades en el núcleo familiar entre hombres y mujeres.

c) Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres
en diversos ámbitos: la ciencia, la cultura, la política, el deporte, la literatura.

d) Actividades y/o talleres formativos de carácter social, cultural y político, que promuevan
el asociacionismo de las mujeres, así como la formación en las tecnologías de la información
y comunicación.

e) Proyectos que fomenten la salud de las mujeres a través de actividades de sensibilización,
información y apoyo ante enfermedades que las afecten preferentemente.

f) Proyectos que fomenten las relaciones intergeneracionales e interterritoriales entre mujeres para la creación de redes entre mujeres.

Requisitos:

- Tener domicilio social en Cantabria, salvo las organizaciones sindicales y empresariales,
que deberán tener delegación en Cantabria.

- Estar inscritas en un registro público autonómico.

- Carecer de ánimo de lucro, requisito que debe figurar en los estatutos de la entidad.

- No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de
Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

- Contar con un local propio o compartido con otras asociaciones, en propiedad, alquilado o cedido donde se desarrollen las actividades, que no sea un domicilio particular.

Además, deberán de reunirse los restantes requisitos que se detallan seguidamente según
el tipo de entidad o asociación:

a) Asociaciones de mujeres y Federaciones de asociaciones de mujeres que deberán:

- Contar con más de 20 socias, salvo aquellas que tengan su domicilio social en localidades
de menos de 10.000 habitantes. En esté ultimo caso deberán contar con un mínimo de 12 socias.

- Tener entre sus fines alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y/o el impulso y/o la promoción de la figura y derechos de la mujer y/o fomentar la participación activa de las mujeres en acciones de la Comunidad.

- Contar con órganos directivos compuestos mayoritariamente por mujeres.

b) Asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante
enfermedades que afecten principalmente a mujeres, que deberán:

- Contar con más de 75 socias.

- Estar constituidas mayoritariamente por mujeres.

- Contar con órganos directivos compuestos mayoritariamente por mujeres.

c) Asociaciones socioculturales y asociaciones de carácter social, que deberán:

- Contar con más de 12 socias.

- Tener entre sus fines alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y/o tener entre sus fines trabajar por la no discriminación de colectivos específicos de mujeres.

- Contar con sección de mujeres o con órganos directivos compuestos íntegramente por mujeres.

d) Sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área ó programa de
mujeres, que deberán:

- Tener entre sus fines alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y/o tener entre sus fines trabajar por la no discriminación de colectivos específicos de mujeres.

- Contar con órganos directivos con una composición paritaria.

Documentos asociados

Boletín: 18/06/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento