Subvenciones a familias para la adquisicion de equipamientos de television digital terrestre mediante recepcion satelital en viviendas y edificaciones situadas en zonas a revitalizar del Programa de desarrollo rural sostenible en Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2015.

Código de ayuda:

S55455/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Posibilitar el acceso al servicio público y al servicio de interés general de la televisión digital terrestre vía satélite en las zonas con deficiencia de cobertura de las redes terrestres.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda alcanzará el 100 % de la inversión subvencionable, hasta un máximo de 300 euros, IVA incluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las familias titulares o residentes en viviendas y edificaciones situadas en zonas a revitalizar del Programa de desarrollo rural sostenible en Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de la adquisición de equipamiento para el acceso al servicio público y al servicio de interés general de televisión digital terrestre vía satélite. Dicho equipamiento consistirá como máximo en una antena parabólica de recepción con sus complementos, cableado para 1 toma de usuario y 1 receptor de TDT por satélite. Solo se subvencionará un equipamiento por dirección y titularidad.

Requisitos:

a) No disponer de cobertura de algún canal del servicio público o del servicio de interés
general de televisión digital terrestre.

b) La ayuda se solicitará para la dirección de residencia o vivienda de su propiedad. Para
acreditar la titularidad, el solicitante deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

– Contrato de arrendamiento en vigencia.

– Escritura pública debidamente inscrita en el registro correspondiente o documento privado de adquisición que acredite la titularidad o derecho del uso del inmueble.

– Certificado catastral o de empadronamiento en el domicilio para el que se solicita la ayuda.

– Justificante acreditativo del pago del IBI correspondiente al último período recaudatorio, en el que conste la referencia catastral para la que se solicita la ayuda.

c) No ser o haber sido beneficiario de otra subvención para el mismo objeto.

d) Tramitar la solicitud exclusivamente a través de cualquiera de las entidades colaboradoras
que sean seleccionadas por la Secretaría General de Medios en procedimiento público y abierto.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento