Subvenciones a favor de la implantacion de calidad y de mejora de la productividad en empresas del sector de las tecnologias de la informacion y las comunicaciones para el año 2008.

Código de ayuda:

S53464/08

Norma:

ORDEN de 9 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La implantación de calidad y de mejora de la productividad en empresas del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones para el año 2008.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención a otorgar podrá ser de hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de:

a) 10.000 euros por beneficiario que realice una evaluación no oficial que acredite la mejora en los procesos de la empresa sin la obtención de un Distintivo SoftAragon Básico o SoftAragon Premium.

b) 15.000 euros por beneficiario que realice una evaluación no oficial que acredite la mejora en los procesos de la empresa y obtenga un Distintivo SoftAragon Básico.

c) 20.000 euros por beneficiario que realice una evaluación no oficial que acredite la mejora en los procesos de la empresa y obtenga un Distintivo SoftAragon Premium.

d) 30.000 euros por beneficiario que realice una evaluación oficial CMMI de nivel 2.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) cuyo objeto social corresponda al sector de tecnologías de la información y las comunicaciones que, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón o con delegaciones en dicha Comunidad Autónoma, efectúen inversiones o gastos relacionados con las actuaciones subvencionables previstas en el apartado anterior y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado quinto de la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos subvencionables:

a) El gasto de personal propio de gestión y técnico que participe en el programa de mejora.
b) El gasto en la consultoría realizada para el diagnóstico previo, la definición del programa de mejora, las evaluaciones finales y las certificaciones.
c) El gasto de personal propio y externo que participe en la evaluación oficial del programa de mejora.
d) El gasto en la consultoría de apoyo que dé seguimiento al programa de mejora.
e) Otros gastos directamente imputables a las actuaciones subvencionables indicadas en el apartado segundo.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 112
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento