Subvenciones a favor de las asociaciones ganaderas, para el fomento de razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción, así como de las nuevas solicitudes de reconocimiento oficial de las mismas para el año 2007.
Código de ayuda:
S44200/06Norma:
ORDEN de 3 de octubre de 2006.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30/12/06 para asociaciones ya reconocidas. Y 10 días hábiles a partir del día siguiente al del reconocimiento oficial.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las medidas necesarias para la tramitación y resolución de las nuevas solicitudes de reconocimiento de las asociaciones ganaderas, según el modelo recogido en el Anexo II de la Orden y de las solicitudes de las subvenciones a favor de las asociaciones ganaderas reconocidas para el fomento de razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción,conforme al modelo del Anexo III de la presente Orden, para el año 2007.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones ganaderas legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial correspondiente, cuya mayoría de asociados radiquen en la Comunidad Autónoma de Aragón, que fomenten las razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 997/1999, de 11 de junio y en el Decreto 175/1999, de 14 de septiembre.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser subvencionables las siguientes actuaciones:a) Realización de estudios sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como sobre su caracterización morfológica y reproductiva.
b) Realización de estadísticas que recojan los aspectos productivos, estructuras de población por ubicación de rebaños, líneas y estirpes, edades y capacidad reproductiva.
c) Creación de bancos de germoplasma, semen y embriones congelados o reserva en vivo.
d) Elaboración y puesta en práctica de programas de conservación y mejora genética.
Documentos asociados
Boletín:
15/11/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
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