Subvenciones a festivales del sector audiovisual.- Convocatoria para el año 2016.
Código de ayuda:
S51946/15Norma:
RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de enero de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para el apoyo a festivales de cine de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector, y proceder a su convocatoria para el año 2016.A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por festivales aquellos certámenes, semanas y muestras que tengan por objeto la promoción y difusión de la producción cinematográfica y audiovisual y se celebren en Galicia.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas de carácter privado domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que desarrollen su actividad en Galicia, así como las entidades locales gallegas que lleven a cabo alguno de los festivales descritos en el objeto de la convocatoria y cumplan los requisitos referidos en el artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia.Las entidades locales gallegas podrán presentar su solicitud individual o conjuntamente, bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión u otra fórmula similar). Quedarán excluidas las solicitudes conjuntas en las que no se acredite la realización conjunta del festival y que supongan actuaciones independientes en cada entidad local.
En los supuestos de mancomunidades, consorcios o áreas metropolitanas, deberá acreditarse que el servicio se presta de manera mancomunada, metropolitana o consorciada y que, en todo caso, no suponen una actuación aislada o independiente.
Documentos asociados
Boletín:
28/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento