Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para el desarrollo de programas que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y se convocan para el año 2009.
Código de ayuda:
S48019/09Norma:
ORDEN 1425/2009, de 3 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, de las subvenciones a Instituciones sin fines de lucro con el fin de financiar y apoyar la realización de programas y/o actividades que contribuyan a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres desde la perspectiva de género.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas las siguientes entidades:a) Las Asociaciones de Mujeres y sus Federaciones.
b) Las Asociaciones Mixtas en cuyos estatutos conste la existencia de una sección o Área de Mujer.
c) Las secciones o Áreas de Mujer de los sindicatos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la igualdad de género relacionadas con los programas descritos a continuación, según el orden de prioridad siguiente:a) Programas que contribuyan a la eliminación de estereotipos sexistas y a difundir una imagen equilibrada de las mujeres en la sociedad.
b) Programas que favorezcan la promoción de las mujeres en el medio rural.
c) Programas que fomenten la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de la Comunidad de Madrid.
d) Programas que favorezcan la conciliación de la vida laboral y personal.
e) Programas de prevención y erradicación de la violencia de género.
f) Programas que impulsen modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social.
g) Programas que favorezcan la integración social de mujeres inmigrantes o pertenecientes a etnias minoritarias.
h) Programas de atención a mujeres en situación o riesgo de exclusión social.
i) Programas que contemplen la cooperación y el intercambio de experiencias entre Organizaciones de Mujeres no Gubernamentales y Asociaciones de Mujeres con el fin de desarrollar conjuntamente programas y difundir actuaciones de interés en materia de igualdad de oportunidades.
Se podrán subvencionar como máximo tres programas de los señalados en el apartado 1.
Requisitos:
Dichas entidades deben tener su ámbito territorial de actuación circunscrito a la Comunidad de Madrid o alguno de los Ayuntamientos que la integran, y deben encontrarse debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones de Mujeres de la Comunidad de Madrid. Esta circunstancia será acreditada de oficio por la Dirección General de la Mujer.Asimismo, podrán solicitar subvención las Fundaciones e Institutos universitarios de investigación feminista y estudios de la mujer que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidos y carecer de ánimo de lucro.
b) Estar inscritas, en su caso, en el Registro de Fundaciones. No será necesario el requisito de inscripción para los Institutos universitarios.
c) Tener como fin institucional la defensa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Documentos asociados
Boletín:
23/06/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento