Subvenciones a la Red de Servicios de Informacion Juvenil reconocidos oficialmente dependientes de Asociaciones Juveniles, Universidades y entidades similares sin animo de lucro.
Código de ayuda:
S26646/10Norma:
ORDEN FORAL 69/2010, de 4 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/05/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a los Servicios de Información Juvenil oficialmente reconocidos de Asociaciones Juveniles, Universidades y entidades similares sin ánimo de lucro, tanto Oficinas como Puntos de Información, definidos por el Decreto Foral 109/2005, de 22 de agosto, por el que se crea y regula la Red de Servicios de Información Juvenil.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Juventud
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Contratación de Personal para Servicios de Información Juvenil.La concesión para el apoyo a la contratación de personal para los Servicios de Información Juvenil de Asociaciones Juveniles, Universidades y entidades similares sin ánimo de lucro se efectuará según los criterios establecidos a continuación:
–Se adopta como referencia el sueldo inicial que se aplique al personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra correspondiente al nivel C en el año 2010, y la cuota empresarial de la Seguridad Social, aplicándose la parte proporcional a la jornada establecida en el Decreto Foral 109/2009, de 22 de agosto, para puntos y oficinas de información juvenil respectivamente.
–Para aquellos Servicios de Información Juvenil reconocidos con anterioridad al 1 de noviembre de 2009, el porcentaje de financiación corresponderá como máximo al 50% del coste de la contratación de personal.
–Para aquellos Servicios de Información Juvenil reconocidos oficialmente con posterioridad al 1 de noviembre de 2009, el porcentaje de financiación corresponderá como máximo al 75% del coste de la contratación de personal.
2. El equipamiento informático será prioritario. La cantidad máxima a percibir como subvención para la adquisición de equipamiento informático será de hasta el 50% del coste, con el límite en cualquier caso de 1.000 euros.
3. En el supuesto de que el crédito presupuestario existente para hacer frente a la convocatoria, en relación con el número de solicitudes presentadas, sea insuficiente para conceder las subvenciones en las
cuantías máximas previstas, se procederá a prorratear proporcionalmente el crédito existente entre las entidades beneficiarias de la subvención. A tal efecto, las cuantías máximas previstas se reducirán en el porcentaje necesario para la aplicación del prorrateo.
4. Las Entidades con más de 50.000 consultas podrán percibir como máximo un total de 30.000 euros respecto de todos los conceptos subvencionables.
5. El importe de la subvención no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que supere el coste de la actividad desarrollada por el beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Asociaciones Juveniles, Universidades y entidades similares sin ánimo de lucro titulares de los Servicios de Información Juvenil reconocidos oficialmente por el Instituto Navarro de la Juventud, de acuerdo con elDecreto Foral 109/2005, de 22 de agosto, por el que se crea y regula la Red de Servicios de Información Juvenil.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La contratación de personal. Se entiende por aquéllos los gastos derivados del salario más la Seguridad Social empresarial de la contratación para la atención de la Oficina o Punto de Información Juvenil durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2009 a 30 de noviembre de 2010.b) La adquisición de equipamiento. Se entiende por aquéllos los gastos derivados de la adquisición de material inventariable tal como la adquisición de material bibliográfico, equipamiento informático y/o mobiliario de los Centros de Información Juvenil. En equipamiento informático y con carácter general, ordenador, impresora, actualización de equipos y/o software. Los equipos informáticos adquiridos posibilitarán el acceso a Internet y correo electrónico (estarán configurados en modo ahorro de energía). Las impresoras y fotocopiadoras permitirán el uso de papel reciclado y la impresión a dos caras.
c) Los gastos de adquisición de equipamiento comprenderán aquéllos efectuados desde el 1 de diciembre de 2009 al 30 de noviembre de 2010.
Requisitos:
Régimen de la contratación a subvencionar.Los Servicios de Información Juvenil podrán solicitar ayuda para la contratación o mantenimiento de la contratación de personal siempre que realice tareas de información juvenil. Dicha contratación puede ser
directa o indirecta mediante empresa de servicios, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el puesto de trabajo sea desempeñado por una persona cuya titulación mínima sea Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. Este trabajador deberá realizar una jornada de al
menos 15 horas semanales para los Puntos de Información Juvenil y para las Oficinas un mínimo de 30 horas semanales.
b) Que las funciones a desempeñar sean la de proporcionar información directa a los jóvenes, la dinamización de la información en diferentes soportes, catalogación de la información y otras reconocidas por el Decreto Foral 109/2005, de 22 de agosto.
c) Que la persona haya recibido formación específica en Información Juvenil, así como formación continua en materia de Juventud.
Documentos asociados
Boletín:
23/04/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010 Descargar Documento