Subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigacion reconocidos por el Gobierno de Aragon y se establecen las medidas para el reconocimiento de grupos de investigacion.- Convocatoria 2015.- Modificación Anexos.
Código de ayuda:
S05446/14Norma:
ORDEN de 27 de enero de 2014. Decreto 148/2013, de 10 de septiembre. ORDEN de 27 de febrero de 2014. DECRETO 193/2014, de 18 de noviembre. Orden de 26 de diciembre de 2014. ORDEN de 12 de mayo de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/03/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, para el año 2015, las subvenciones a la actividad investigadora realizada por los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como establecer las reglas para el reconocimiento de nuevos grupos de investigación.Categorías Subvención
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Industria e Innovación (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
entro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado octavo, en función de las solicitudes aprobadas, y de acuerdo con la siguiente fórmula de reparto:Puntuación=Potencia (NUM;1,2)*EV/100*EXP*T
Donde:
- NUM: Puntuación asignada según el número de miembros del grupo y de doctores estables (doctores estables*2+ resto de miembros efectivos).
- EV: Evaluación científica.
- EXP: Grado de experimentalidad (A determinar por el CONAID en función del área de conocimiento).
- T: Tipología de grupo (El factor multiplicador según la tipología del grupo es 1 para emergente, y 1,5 para consolidado y consolidado de investigación aplicada).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
Detalle beneficiarios:
Los centros u organismos de investigación que tengan adscritos grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Financiar la actividad investigadora realizada en el año 2015 por los centros u organismos de investigación a través de los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.Se considerarán gastos subvencionables aquellos que respondan a la actividad investigadora de los citados grupos de investigación y que deriven de los siguientes conceptos:
a) Comercialización y protección de resultados.
b) Personal técnico y auxiliar de investigación.
c) Costes de participación y cooperación en proyectos de investigación con otros grupos.
d) Gastos derivados del uso de instalaciones o servicios de soporte, incluidos los costes indirectos.
e) Material fungible.
f) Viajes y dietas relacionadas directamente con la actividad del grupo de investigación, según la escala fijada en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de Indemnizaciones por razones de servicio, todo ello de conformidad con las medidas 93 y 94 del apartado III de Medidas relativas a Transferencias corrientes del Plan de racionalización del gasto corriente del Gobierno de Aragón.
g) Gastos derivados de la publicación de resultados.
h) Otros gastos corrientes, debidamente justificados, relacionados directamente con la actividad de investigación, como por ejemplo gastos derivados de servicios externos de preparación y presentación de propuestas de proyectos de investigación a programas internacionales o a programas nacionales de gran envergadura.
i) Gastos de asesoría jurídica.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario los centros u organismos definidos en el punto 1 que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que les sea de aplicación.Para obtener la condición de beneficiario, se exonera a los solicitantes de estas ayudas del deber de acreditar el requisito de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 3.3 del Decreto 148/2013, de 10 de septiembre.
Documentos asociados
Boletín:
23/09/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/02/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
19/03/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 55
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Boletín:
12/08/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 157
Documento: Modificación Descargar Documento
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28/11/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 234
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
17/02/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 32
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
03/03/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 42
Documento: Modificación Descargar Documento
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21/05/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 95
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
11/06/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 110
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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