Subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apicola Nacional en la Comunidad Autonoma de Andalucia para los años 2014, 2015 y 2016.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S20055/14

Norma:

Orden de 7 de mayo de 2014. Orden de 26 de mayo de 2015. Resolución de 9 de marzo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Del 1 al 15 de abril de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas a la apicultura para el año 2016.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el conjunto de las líneas B3, C1, C2, C4 se establece un tope máximo por colmena
subvencionable y beneficiario de 3,90 €/colmena.

Para todas las medidas, en ningún caso serán subvencionables el IVA ni cualquier otro impuesto o tasa.

Consultar según línea subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas que:

1.º Sean titulares de una explotación apícola en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2.º Tengan inscrita la explotación en el registro General de explotaciones Ganaderas en el sector apícola (Sistema de Información de Gestión Ganadera, SIGGAn en adelante) de la Consejería de Agricultura, Pesca y desarrollo rural con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria. en el caso de transferencias de explotaciones apícolas con cambio de titularidad realizadas con posterioridad a esta fecha, se considerará como fecha de inscripción de la explotación del adquirente en el citado registro, la fecha en la que por primera vez se hubiera inscrito dicha explotación, siempre que la inscripción esté vigente.

3.º En el caso de personas jurídicas, tengan como objeto social recogido en sus estatutos la
actividad apícola.

b) Las cooperativas apícolas, organizaciones representativas (OPAS) y las asociaciones de apicultores con personalidad jurídica propia, para las que al menos la mitad más uno de sus miembros apicultores cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea A. Asistencia técnica a apicultores.

Línea A1. Contratación de personal técnico y especialista para la información y asistencia técnica a apicultores de las agrupaciones de apicultores para:

- Asesoramiento global en la producción, en la comercialización y a nivel de laboratorio.

- Actuaciones de vigilancia (presencia de nidos, individuos adultos…) y seguimiento de la avispa asiática (Vespa velutina).

- La aplicación de líneas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco a las
colmenas, en caso de existir un protocolo o protocolos oficiales autorizado/s por la autoridad
competente.

Línea A2. Cursos de formación de apicultores, formación continuada de personal técnico y especialista de las agrupaciones de apicultores y de personal de laboratorios apícolas de
cooperativas.

Línea A3. Sistemas de divulgación técnica.

b) Línea B. Lucha contra la varroosis.

Línea B1. Tratamientos quimioterápicos contra varroosis, autorizados por la Agencia española del Medicamento y Productos Sanitarios.

Línea B2. Tratamientos contra varroosis autorizados por la Agencia española del Medicamento y
Productos Sanitarios, compatibles con la apicultura ecológica.

Línea B3. Sobrealimentación de las colmenas y renovación de cera.

c) Línea C. racionalización de la trashumancia.

Línea C1. Identificación de colmenas y cuadros.

Línea C2. Adquisición, conservación y mejora de los medios de transporte y manejo de colmenas
(grúas, mallas de cobertura, cambio de colmenas para obtener mieles monoflorales, sistemas
móviles de extracción de miel y otros útiles y equipo necesario para facilitar la trashumancia).

Línea C3. Seguros de daños propios y responsabilidad civil de las colmenas. excepcionalmente, a esta línea podrán acogerse también las colmenas estantes.

Línea C4. Cría en común de reinas de razas autóctonas para reposición de bajas.

Línea C5. en caso de existir un protocolo o protocolos oficiales autorizado/s por la autoridad
competente, aplicación de líneas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco a las colmenas.

d) Línea d. Análisis de miel.

Línea d1. Contratación de servicios de análisis por apicultores y agrupaciones de apicultores, que se realicen en laboratorios reconocidos por la autoridad competente.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 91
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 04/06/2015
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 106
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín: 18/03/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 53
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/03/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 53
Documento: Convocatoria 2016 Completa Descargar Documento