Subvenciones a la compensacion socioeconomica para la gestion de la flota pesquera comunitaria mediante la compensacion no renovable a tripulantes de buques que participen en la pesca costera artesanal sujetos a paralizacion definitiva, establecidas en la Seccion 5ª del Capitulo II de las bases reguladoras de la concesion de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervencion Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el periodo de programacion 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010, de la Consejeria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentacion.- Convocatoria 2013.- Modificación de la ayuda.

Código de ayuda:

S53082/11

Norma:

ORDEN de 13 de diciembre de 2011. Orden de 21 de junio de 2010. ORDEN de 8 de junio de 2012. ORDEN de 4 de abril de 2013. ORDEN de 11 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones destinadas a la compensación socioeconómica para la gestión de la flota pesquera comunitaria, previstas en la Sección 5ª, del Capítulo II, de las bases Reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobada por Orden de 21 de junio de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 123, de 24.6.10).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 10.500 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los tripulantes que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La compensación socioeconómica para la gestión de la flota comunitaria mediante la compensación no renovable a tripulantes de buques que participen en la pesca costera artesanal sujetos a paralización definitiva.

Requisitos:

a) Que hayan trabajado a bordo de un buque sujeto a paralización definitiva durante al menos doce
meses anteriores a la presentación de la solicitud.

b) Que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del
Mar y haber cotizado a éste durante un período mínimo de 12 meses, anteriores a la presentación de la
solicitud.

c) Que tengan menos de 55 años de edad en el momento de la presentación de la solicitud, siendo mayor,
no tener la posibilidad de jubilarse.

d) Que estén enrolados y en alta o en alguna de las situaciones asimiladas al alta en el buque objeto
de ajuste estructural desde el momento en que el armador solicite la prima por paralización definitiva.

e) Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo los relativos a estar al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones tributarias y de la seguridad social, dada la situación que soportan los beneficiarios.

f) Que estén dados de alta de terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma
de Canarias (S.E.F.C.A.N.).

g) Que se comprometan a no ejercer la profesión de pescador durante el año siguiente al cobro de la
compensación.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 123
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/12/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 253
Documento: Convocatoria anticipada 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 18/06/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 118
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 16/04/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 72
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/07/2014
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 142
Documento: Modificación Descargar Documento