Subvenciones a la contratacion laboral de jovenes desempleados Dale una Experiencia Laboral.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S43637/10

Norma:

Resolución de 21 de junio de 2010. Resolución de 16 de agosto de 2010. Resolución de 16 de marzo de 2011. Resolución de 30 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Periodo enero-abril: hasta 10 de mayo de 2011;mayo-agosto: hasta 10 de septiembre de 2011; sept.-nov.:hasta 10 de dic. de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria pública para el año 2011 del Programa de incentivos a la contratación laboral
“Dale una experiencia laboral”.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe fijo mensual de seiscientos euros por trabajador contratado y durante un período máximo de seis mensualidades. Este importe se refiere a un contrato a tiempo completo, reduciéndose proporcionalmente caso de contratos a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física o jurídica, de capital íntegramente privado, asociación de empresas o confederación de empresas que formalice nuevos contratos laborales con desempleados menores de treinta años; asimismo, podrán ser beneficiarios de esta subvención los trabajadores autónomos y las comunidades de bienes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El Programa de incentivos a la contratación laboral “Dale una experiencia laboral”.

Requisitos:

1. Tener el domicilio social en Canarias o un establecimiento permanente en el Archipiélago.

2. No haber reducido su plantilla en más de un 10 por ciento en los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de finalización de los períodos de realización de los contratos laborales establecidos en cada convocatoria.

3. No reducir la plantilla de trabajadores de sus centros en Canarias durante el período establecido para la solicitud, percepción de la subvención y mantenimiento de los contratos subvencionados.

4. Que los desempleados y los contratos cumplan los requisitos previstos en las bases.

- No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- No podrán obtener la condición de beneficiario las Administraciones públicas, las entidades de Derecho
público y las empresas de economía social por la contratación de socios-trabajadores.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexo. Descargar Documento
Boletín: 27/08/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 169
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 01/04/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 67
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 19/07/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 141
Documento: Modificación Descargar Documento